2332 - 13 Adhesión al Decreto Provincial Nº 1795-13 montos topes para obras públicas.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2332/13.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2332/2013



VISTO: La Nota Nº 573/13 de la Intendencia Municipal, por la cual solicita adhesión al


Decreto del Gobierno de la Provincia del Neuquén Nº 1.795/13 de fecha 01/10/2013,


donde se fijan los topes para Obras Públicas, dando origen al Expte. C.D. Nº 7039/13, y;




CONSIDERANDO:




Que, el citado Decreto Provincial se origina a través del Expte. Nº 5843-000067/13


de la Dirección General de Contrataciones del Ministerio de Economía y Obras Públicas,


donde se tramita la adecuación de los montos de contratación de obras públicas según lo


estipulado en el Artículo 12º de la Ley 0687 de Obras Públicas y normativa concordante de su


reglamentación.-




Que, de acuerdo al Artículo 12º de la Ley de Obras Públicas, todas las contrataciones


que se realicen con sujeción a la Ley 0687 deberán formalizarse mediante licitación pública y


donde además se establecen las excepciones a la misma, en cuyo caso las contrataciones


podrán realizarse directamente ó mediante licitación privada ó concurso de precios, de cuerdo


con las normas que establezca la reglamentación.-




Que, existe una fuerte variación del índice del costo de Construcción Nivel General


publicado por el INDEC entre Setiembre de 2005, mes base tomado para la actualización de


los montos del Decreto Nº 1848/05 y Julio 2013, alcanza el 296,45, siendo el mismo


representativo de las variaciones apuntadas.-




Que, por aplicación del mencionado incremento correspondería al mes de Julio de


2013 como topes del Artículo 12º de la Ley 0687 de Obras Públicas, los siguientes importes:


para Licitación Privada hasta Pesos Nueve Millones Novecientos Once Mil Doscientos


Cincuenta ($ 9.911.250), para Concursos de Precios hasta Pesos Cuatro Millones Novecientos


Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Veinticinco ($ 4.955.625) y para Contrataciones Directas


hasta Pesos Dos Millones Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Ochocientos Doce con cincuenta


centavos ($ 2.477.812,50).-




Que, los montos resultantes con redondeo son: para Licitación Privada hasta Pesos


Ocho Millones ($ 8.000.000), para Concursos de Precios hasta Pesos Cuatro Millones ($


4.000.000) y para Contratación Directa hasta Pesos Dos Millones ($ 2.000.000).-




Que, la readecuación de los montos de las contrataciones permitirá a las reparticiones


centralizadas ó descentralizadas, autónomas ó autárquicas, empresas o sociedades anónimas


estatales ó mixtas que ejecuten obras públicas bajo normativa de la Ley 0687, adoptar medidas


en el más breve plazo posible para dar respuestas a las situaciones críticas que se plantean.-




Que, el Ejecutivo Municipal, ve oportuno adherir en un todo al Decreto Provincial Nº


1795/13 de fecha 01-10-2013, por considerarlo beneficioso para los trámites administrativos


municipales.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2332/13.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 18/12/2013, en


tratamiento sobre tablas, se aprueba en forma unánime el presente proyecto de Ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE:
en un todo al Decreto Provincial Nº 1.795/13 de fecha 01 de


Octubre de 2013, referente a “Montos Límites para Presupuestos oficiales


citados en el Artículo 12º de la Ley 0687”, el cual es parte integrante de la presente, como


Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, envíese copia de la presente al Gobierno de la


Provincia del Neuquén.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE


DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1709/13 –


EXPTE. C.D. Nº 7039/13.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA