ORDENANZA Nº 1738/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1738/2009
VISTO: El Expte. C.D. Nº 4391/09 de fecha 04/06/2009 originado por Nota Nº 094/09
firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante la
cual se remite Convenio de Colaboración y Compromiso Formal celebrado entre el
Establecimiento Educativo Nivel Medio CPEM Nº 7, representado por la Señora Directora,
Prof. Sara Haydee Pinchentti, la Empresa CORFONE S.A., representada por su Presidente y
Subsecretario de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo Territorial,
Ing. Javier Francisco Van Hotte, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el
Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, y;
CONSIDERANDO
Que, el citado Convenio tiene por objeto: La ubicación por parte de “El CPEM”, en
el Vivero Corfone S.A. Junín de los Andes, de un (1) invernadero, propiedad de “El CPEM” y
disponer un sector lindante para realizar tareas de vivero con objetivos Pedagógicos y
Didácticos, acorde al Programa Presentado, y “El Municipio”, brindará apoyo logístico,
personal recursos económicos, dentro de las pautas presupuestarias disponibles, así como
colaborará con gestiones ante terceros, para la obtención de elementos necesarios que faciliten
la inversión en educación y formación de alumnos de Nivel Medio de nuestra localidad.-
Que, “La Empresa”, cede un espacio dentro del VIVERO CORFONE S.A. de
aproximadamente 21 metros de frente por 42 de fondo (880 m²), ubicado en Ruta Nacional
234, frente / fondo Este Oeste, lateral Sur / Norte, la lado del actual invernadero que “La
Empresa” posee, donde realiza actualmente la producción de especies nativas (coihue, lenga,
ciprés, radal y otros), geográficamente ubicado a unos 25/30 metros del acceso principal al
VIVERO CORFONE S.A. – Junín de los Andes, el lugar señalado cuenta con calles para la
circulación de tractores, carros, otros, de escaso movimiento. El acceso y la disponibilidad
horaria será acordada entre representantes de “El CPEM” y de “La Empresa”, que en acorde al
criterio expuesto por el Ing. Pablo Pesce, es un buen sitio, para llevar adelante las prácticas de
VIVERO que cursan los alumnos de “El CPEM”, indicando disponibilidad para riego en boca
lindante al predio, y comprometiéndose a colaborar con la tarea docente, siempre que cuente
con disponibilidad de tiempo.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental en el
proceso de apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las
personas. Realizará e impulsará las acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos
constitucionales a recibir una educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con
igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-
Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia
provincial y garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir opinión
sobre las necesidades educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas
infraestructura, equipamiento, planes y modalidades, que cumplan con los preceptos constitucionales
y afiancen el arraigo”.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 1738/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/06/2009, conforme lo
establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57, Inc., “t”, y Despacho Nº
099/09 de la Comisión de Economía, resuelve por unanimidad homologar el Convenio
referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO de COLABORACIÓN Y COMPROMISO
FORMAL celebrado entre el Establecimiento Educativo Nivel Medio
CPEM Nº 7, representado por la Señora Directora, Prof. Sara Haydee Pinchentti, la Empresa
CORFONE S.A. representada por su Presidente y Subsecretario de Desarrollo Económico,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Territorial, Ing. Javier Francisco Van Hotte, y la
Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof.
Rubén Enrique Campos, el cual corre agregado a la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Empresa CORFONE S.A. y a la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del
Ministerio de Desarrollo Territorial, y a la Dirección del CPEM Nº 7 de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea
Silvana Rosso.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1442/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA