1738 - 09 Homologación Convenio Colaboración y Compromiso Formal CPEM Nº 7 y Municipio.pdf

ORDENANZA Nº 1738/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 1738/2009



VISTO: El Expte. C.D. Nº 4391/09 de fecha 04/06/2009 originado por Nota Nº 094/09


firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante la


cual se remite Convenio de Colaboración y Compromiso Formal celebrado entre el


Establecimiento Educativo Nivel Medio CPEM Nº 7, representado por la Señora Directora,


Prof. Sara Haydee Pinchentti, la Empresa CORFONE S.A., representada por su Presidente y


Subsecretario de Desarrollo Económico, dependiente del Ministerio de Desarrollo Territorial,


Ing. Javier Francisco Van Hotte, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el


Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, y;


CONSIDERANDO


Que, el citado Convenio tiene por objeto: La ubicación por parte de “El CPEM”, en


el Vivero Corfone S.A. Junín de los Andes, de un (1) invernadero, propiedad de “El CPEM” y


disponer un sector lindante para realizar tareas de vivero con objetivos Pedagógicos y


Didácticos, acorde al Programa Presentado, y “El Municipio”, brindará apoyo logístico,


personal recursos económicos, dentro de las pautas presupuestarias disponibles, así como


colaborará con gestiones ante terceros, para la obtención de elementos necesarios que faciliten


la inversión en educación y formación de alumnos de Nivel Medio de nuestra localidad.-


Que, “La Empresa”, cede un espacio dentro del VIVERO CORFONE S.A. de


aproximadamente 21 metros de frente por 42 de fondo (880 m²), ubicado en Ruta Nacional


234, frente / fondo Este Oeste, lateral Sur / Norte, la lado del actual invernadero que “La


Empresa” posee, donde realiza actualmente la producción de especies nativas (coihue, lenga,


ciprés, radal y otros), geográficamente ubicado a unos 25/30 metros del acceso principal al


VIVERO CORFONE S.A. – Junín de los Andes, el lugar señalado cuenta con calles para la


circulación de tractores, carros, otros, de escaso movimiento. El acceso y la disponibilidad


horaria será acordada entre representantes de “El CPEM” y de “La Empresa”, que en acorde al


criterio expuesto por el Ing. Pablo Pesce, es un buen sitio, para llevar adelante las prácticas de


VIVERO que cursan los alumnos de “El CPEM”, indicando disponibilidad para riego en boca


lindante al predio, y comprometiéndose a colaborar con la tarea docente, siempre que cuente


con disponibilidad de tiempo.-


Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental en el


proceso de apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las


personas. Realizará e impulsará las acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos


constitucionales a recibir una educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con


igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-


Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia
provincial y garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir opinión


sobre las necesidades educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas


infraestructura, equipamiento, planes y modalidades, que cumplan con los preceptos constitucionales


y afiancen el arraigo”.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











ORDENANZA Nº 1738/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/06/2009, conforme lo


establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57, Inc., “t”, y Despacho Nº


099/09 de la Comisión de Economía, resuelve por unanimidad homologar el Convenio


referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO de COLABORACIÓN Y COMPROMISO


FORMAL celebrado entre el Establecimiento Educativo Nivel Medio


CPEM Nº 7, representado por la Señora Directora, Prof. Sara Haydee Pinchentti, la Empresa


CORFONE S.A. representada por su Presidente y Subsecretario de Desarrollo Económico,


dependiente del Ministerio de Desarrollo Territorial, Ing. Javier Francisco Van Hotte, y la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Prof.


Rubén Enrique Campos, el cual corre agregado a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la


Empresa CORFONE S.A. y a la Subsecretaría de Desarrollo Económico, dependiente del


Ministerio de Desarrollo Territorial, y a la Dirección del CPEM Nº 7 de Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1442/09.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA