Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1128/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1128/2003
VISTO: La necesidad de elaborar el Presupuesto General del Ejercicio 2.004, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Ejecutivo Municipal, formula la propuesta y elaboración del Proyecto de
Presupuesto para el Ejercicio 2.004.-
Que, el Concejo Deliberante en tratamiento del mismo, reformuló y modificó
partidas para el Ejercicio 2004.-
Que, se debe dictar la norma legal correspondiente, aprobando el Presupuesto
Ejercicio 2004.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56 Y ARTÍCULO 57, Inc. a) y n), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA DE PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: FÍJASE en la suma de pesos CINCO MILLONES NOVECIENTOS
VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS VEINTE CON OCHENTA Y
SIETE CENTAVOS ($ 5.924.520,87), el Sub-Total de Erogaciones del Presupuesto General
de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.004, de acuerdo al detalle que figura en
Planilla Anexa y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º: ESTÍMASE en la suma de pesos SEIS MILLONES VEINTICINCO MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CON NOVENTA Y
NUEVE CENTAVOS ($ 6.025.0969,99), el Cálculo de Recursos destinados para atender las
Erogaciones a las que se refiere el Artículo 1º, y que figura en Planilla Anexa y que forma
parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º: FÍJASE en la suma de pesos CUARENTA MIL ($ 40.000,00), las
erogaciones para atender la Amortización de Deudas.-
ARTICULO 4º: COMO consecuencia de lo establecido en los Artículos 1º y 3º ESTÍMASE
el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración
Municipal para el Ejercicio 2.004, suma de pesos SEIS MILLONES VEINTICINCO MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CON NOVENTA Y
NUEVE CENTAVOS ($ 6.025.0969,99).-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ARTICULO 5º: LAS erogaciones para atender con fondos provenientes de Recursos y/o
Financiamiento deberán ajustarse, en cuanto a sus montos y oportunidad, a
las cifras realmente recaudadas y no podrán transferirse a ningún otro destino.-
ARTICULO 6º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a reestructurar el presente
Presupuesto a través del incremento que se produzca en el Cálculo de
Recursos con la expresa sujeción a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad
de Junín de los Andes y la Ley Provincia Nº 2141 de Administración Financiera y Control y
su reglamentación.-
ARTÍCULO 7º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 8º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
ARTÍCULO 9º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 10º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1156/03.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES