Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3470/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A 3470/22023
VISTO: El Expediente Nº 10.841/20 de fecha 10/12/2020, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y Ordenanza Nº 3078/2020, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo el Sr. Intendente Municipal, Carlos Corazini, solicito la
autorización respectiva para la venta del inmueble ubicado en el Parque Industrial de Junín de los
Andes, identificado como Lote Nº 10, de la Manzana 94, Nomenclatura Catastral 13-20-054-8798-
0000, cuya superficie aproximada es de 3.061,57 m².-
Que, en el predio antes descripto se encuentra instalada la ex fábrica de reeles, que en la
actualidad está dirigida por ex empleados (trabajadores históricos) de la misma, y que en su
momento se encontraban nucleados a través de la Empresa DHAMS S.R.L. (actualmente sin
funcionamiento), quienes han podido sostener en el tiempo su emprendimiento y los recursos para
garantizar la economía de sus familias.-
Que, desde el momento de la sanción de la Ordenanza Nº 3078/2020, los trabajadores de la
fábrica de Reeles, representada por los Señores Aigo, Néstor Javier, D.N.I. Nº 21.749.877 y
Hoingo, Miguel Ángel, D.N.I. Nº 21.381.274 en reunión mantenida con el Ejecutivo Municipal e
integrantes del Concejo Deliberante de la ciudad de Junín de los Andes, manifiestan la
imposibilidad de afrontar con el costo total del inmueble cuya superficie es de 3.061,57 m²,
solicitando poder acceder a ocupar solo una fracción del inmueble de unos 2.051,49 m², quedando
en dicha fracción la edificación de la fábrica.-
Que, la fracción restante de una superficie aproximada es de 1.010,08 m². se destinará al
proyecto productivo denominado Santa Isabel Metalúrgica, emprendimiento cuya presentación fue
realizada ante el Ejecutivo Municipal, cumpliendo con todos los requisitos enunciados en la
Ordenanza Nº 479/95 del Parque Industrial Junín de los Andes.-
Que, asimismo, se elaboró junto a los ex empleados de la fábrica de reeles, personal
municipal y estudio de Agrimensura Rentería, anteproyecto de subdivisión de dicha Manzana 94,
surgiendo de ella el lote identificado como 10A (Sup. 2.051,49 m²) y Lote 10B (Sup. 1.010,08 m²)
respectivamente.-
Que, la presentación de subdivisión del Lote 10 de la Manzana 94 en dos fracciones
realizada por parte del Ejecutivo Municipal mediante Nota Externa Nº 477/23, dio origen al Expte.
C.D. Nº 11.693/23 de fecha 25/09/2023.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 150º establece que “La Municipalidad de
Junín de los Andes promoverá las actividades que generan trabajo genuino y produce un
crecimiento económico y bienestar general en la comunidad”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 11/10/2023, conforme al
Despacho Nº 25/2023 de la Comisión Interna de Economía, resuelve por mayoría (6 votos a favor y
1 voto en contra) aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado de la norma
pertinente.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3470/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° SE DEROGA: en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 3078/2020 y su
decreto de promulgación.-
ARTÍCULO 2º: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la firma del
Convenio de pago correspondiente, la venta de una fracción del inmueble ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote Nº 10 A, de la Manzana 94,
cuya superficie aproximada es de 2.051,49 m² (dos mil cincuenta y uno con cuarenta y nueve
metros cuadrados), a la Empresa Dhams S.R.L. (Nº de Inscripción 027 folios 0182/0187 Tomo II
Año 2006), representada por los Señores Aigo, Néstor Javier, D.N.I. Nº 21.749.877, con domicilio
en calle Los Notros 350 y Hoingo, Miguel Ángel, D.N.I. Nº 21.381.274, con domicilio en calle
Avda. Neuquén 220, ambos en la ciudad de Junín de los Andes.-
ARTICULO 3°: SE AUTORIZA: al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la firma del
Convenio de pago correspondiente, la venta de una fracción del inmueble ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote Nº 10 B, de la Manzana 94,
cuya superficie aproximada es de 1.010,08 m² (mil diez con ocho metros cuadrados), al Sr. Castro
Enzo Darío, CUIL 20-27349920-3, en virtud del Proyecto Santa Isabel Metalúrgica.-
ARTÍCULO 4º: SE ESTABLECE: que una vez refrendados los documentos mencionados en los
Artículo 2º y 3º de la presente, se remita una copia de los mismos al Concejo
Deliberante para proseguir con los trámites respectivos.-
ARTICULO 5º: SE COMUNICA: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Una vez promulgada, y por su intermedio, envíese copia a los
representantes de la Empresa Dhams S.R.L., Sres. Aigo, Néstor Javier y Hoingo, Miguel Ángel y al
Sr. Enzo Castro de Santa Isabel Metalúrgica como así también a las Áreas Municipales que estime
corresponder.-
DADA EN SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS
ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2233/23.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA