Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1723/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1723 /2009
VISTO: La nota 1075/09 remitida por el Sr. Intendente Prof. Rubén E. Campos, mediante la cual
informa su ausencia el día 18 de mayo de 2009 y a la vez informa sobre solicitud de licencia del Sr.
Viceintendente Diego A Marcovesky hasta el día 31 de Mayo de 2009, por razones de índole personal.
Solicitando la designación de un Concejal del Bloque del MPN, dando cumplimiento al Art. 34 Carta
Orgánica Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que conforme lo establece el Artículo 34, el cual versa lo siguiente: “En caso de ausencia, el
cargo de intendente será ejercido automáticamente por el Viceintendente quien no podrá ausentarse
durante el lapso en que el intendente lo hiciere. En caso excepcional de fuerza mayor, hasta el retorno
de algunos de los dos, el Concejo Deliberante por Ordenanza determinara el funcionario político
municipal o el Concejal del mismo partido político del Intendente que ejercerá la intendencia”.-
Que, en anuencia con la dinámica impuesta actualmente por el Departamento Ejecutivo
Municipal, y la necesidad de afrontar compromisos fuera de la localidad, hace a que en mas de una
oportunidad se ausenten, el Sr. Intendente como el Viceintendente, quedando acéfala la Intendencia
Municipal.-
Que, en resguardo de los actos administrativos, a celebrar fuera de la localidad, es
conveniente la presencia de la autoridad máxima Municipal.-
Que, por lo antepuesto el Concejo Deliberante convoco por necesidad y urgencia una Sesión
Extraordinaria para el día lunes 18 de Mayo de 2009, a las 9:00hs por consenso de los Bloques
Partidarios que integran este cuerpo.
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
EXTRAORDINARIA, SANCIONA POR UNANIMIDAD CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESIGNESE, Al Concejal del Bloque del MPN Sr. RAMON JULIO FLORES a
ocupar el cargo de Intendente Municipal en todos los casos de ausencia simultánea del Intendente y
Viceintendente, que surjan hasta el 31 de Diciembre de 2009.-
ARTÍCULO 2º: En el caso que el Concejal RAMON J. FLORES se ausentara por razones de fuerza
mayor que existiera doble ausencia del Ejecutivo, se convocará a una nueva Sesión Extraordinaria a fin
de determinar quien ejercerá dicho cargo.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente El Secretario Legislativo a cargo, Concejal Ramón Julio
Flores.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1435/09.-
RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1723/08.-
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Concejo Deliberante
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