3409 - 23 Ratificación Convenio Pago Lote Parque Industrial Municipio - Sr. Pablo D. Gareis.pdf








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3408/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3409/2023


VISTO: El Expte. C.D. N° 10.954/21 de fecha 29/04/2021 y el Expte. del D.E.M. Nº 1477/21


de fecha 04/05/2021 que contiene solicitud de lote en el Parque Industrial presentada


por el Sr. Pablo David Gareis, D.N.I. Nº 26.132.107, y el Convenio de pago Parque Industrial


celebrado entre la Municipalidad de Junín de los Andes, en adelante “La Municipalidad” y el


nombrado Sr. Pablo David Gareis, en adelante “El Adquirente”, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El


Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, y


sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006, 2838/2018 y 3383/2023, dos fracciones de


terreno que se identifican como Lote 8, Nomenclatura Catastral 13-20-056-2752, con una


superficie de Mil Seiscientos Cincuenta y Seis metros cuadrados (1.656 m²) y el Lote 9,


Nomenclatura Catastral 13-20-056-2351, con una superficie de Mil Seiscientos Ochenta y


Ocho con Dieciséis metros cuadrados (1.688,16 m²). Ambos Lotes corresponden a la Manzana


86, según certificado de Datos Parcelarios del Expte Nº 5796-08225/09, y suman una


superficie total de Tres Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro con Dieciséis metros cuadrados


(3.344,16 m²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Ocho Mil Quinientos con


00/100 ($ 8.500,00) por metros cuadrado por metro cuadrado (m²) por lo que el precio total de


toda la superficie de ambos lotes es de Pesos Veintiocho Millones Cuatrocientos Veinticinco


Mil Trescientos Sesenta con 00/100 ($ 28.425.360,00). “El Adquirente”, se compromete a


cancelar el monto total al contado, luego de ser aprobado el citado Convenio por el Concejo


Deliberante.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado en la Cláusula Primera


el total del Proyecto presentado mediante los planos que se adjuntan y que fueran aprobados


por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36)


meses partir de la firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento


por ciento (100%) del emprendimiento, según el proyecto presentado oportunamente en el


Expte. Nº 1477/21.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 17/05/2023, conforme al


Despacho Nº 012/23 de la Comisión de Economía, resuelve en tratamiento sobre tablas y por


mayoría (5 votos a favor y 1 en contra), homologar el citado convenio, con el dictado de la


norma legal pertinente.-














LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3408/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: SE RATIFICA: el Convenio de pago Parque Industrial celebrado en fecha


03 de Mayo de 2023 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Intendente Municipal, Don CARLOS ANACLETO CORAZINI, con


domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes y el Sr.


PABLO DAVID GAREIS, D.N.I. Nº 26.132.107, por la venta de dos fracciones de terreno


que se identifican como Lote 8, Nomenclatura Catastral 13-20-056-2752, con una superficie


de Mil Seiscientos Cincuenta y Seis metros cuadrados (1.656 m²) y el Lote 9, Nomenclatura


Catastral 13-20-056-2351, con una superficie de Mil Seiscientos Ochenta y Ocho con


Dieciséis metros cuadrados (1.688,16 m²). Ambos Lotes corresponden a la Manzana 86, según


certificado de Datos Parcelarios del Expte Nº 5796-08225/09, y suman una superficie total de


Tres Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro con Dieciséis metros cuadrados (3.344,16 m²). Dicho


Convenio consta de Doce (12) Clausulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTICULO 2º: SE COMUNICA: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2207/23.-












LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA