Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3223./21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 3223/2021
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11107/21 de fecha 07/12/2021, originado por Nota Nº 369/2021
presentada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo, remite Acta de Comisión de Transporte del día 06 de
Diciembre 2021, por la cual la Asociación de Taxis de Junín de los Andes, presenta solicitud
de un aumento de tarifas, entre un 25 % y 30%, de acuerdo a lo establecido en Ordenanza Nº
2789/18.-
Que, la Ordenanza Nº 2881/18 de fecha 12/12/2018, que en su Artículo 2º modifica el
Artículo 17º de la Ordenanza Nº 2789/2018, establece que la tarifa para el servicio de taxi,
radio taxis y remisses, será elaborada mediante las propuestas que surjan del Área de
Transporte Municipal o la que en el futuro la reemplace, conjuntamente con la Asociación de
Taxis, los que aunaran criterio, para lograr que la tarifa se actualice cada seis (6) meses, una
vez definida la propuesta, se elevará la misma al Concejo Deliberante para evaluación,
tratamiento y de estar de acuerdo con la propuesta, sus posterior aprobación a través de
ordenanza correspondiente”.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Capítulo II “Servicios Públicos”, Artículo
124, establece: “Son competencia de la Municipalidad de Junín de los Andes todos los
servicios de carácter común y general que se prestan dentro de su ejido, respetando las
jurisdicciones reservadas a los Estados nacional y provincial, ejerciendo las facultades
delegadas y/o concurrentes cuando ello procediere. El Concejo Deliberante estará facultado
para establecer tarifas diferenciales para casos de carencias u otros que considerare”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 09/12/2021, sobre tablas,
aprobó por unanimidad un aumento sobre la tarifa actual de Taxis del 25% (veinticinco por
ciento), debiendo en consecuencia dictarse la presente norma.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE: la Ordenanza Nº 3148/2021 de fecha 16 de Junio de
2021.-
ARTÍCULO 2º: FÍJASE: la nueva Tarifa para la prestación del servicio de taxis, radio
taxis y Remisses en la Ciudad de Junín de los Andes, se ajustará, a partir de
la promulgación de la presente, a los siguientes valores máximos:
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3223./21.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
DIURNA:
1) Bajada de Bandera: $ 93,75.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 7,81.-
3) Por cada minuto de espera: $ 7,81.-
NOCTURNO:
1) Bajada de Bandera: $ 109,37.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 9,37.-
3) Por cada minuto de espera: $ 9,37.-
ARTÍCULO 3º: FÍJASE: que el horario de la Tarifa nocturna será de 23:00 hs a 06:00 hs.-
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Una vez Promulgada remítase copia a la Dirección de Tránsito y
Transporte Municipal y por su intermedio a la Asociación de Taxis de Junin de los Andes y a
todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro transporte público de pasajeros.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2140/21.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA