2475 - 15 Modificación parcial Ordenanza Nº 1231-05 Estacionamientro Exclusivo BPN.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2475/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2475/2015



VISTO:
El Expte. Nº 857/14 de fecha 21/03/2014 iniciado ante el Departamento Ejecutivo


Municipal por la remite Nota de fecha 20/03/2014 enviada por el Gerente de la


Sucursal del Banco Provincia del Neuquén S.A., Sr. Fabián Sebastián Belmar, referido a


solicitud de espacios de reserva, Ley Nº 19130. Carga y Descarga de Caudales, y;




CONSIDERANDO.:


Que, por Ordenanza Nº 1231/05 se otorga al B.P.N., Sucursal Junín de los Andes, la


reserva de estacionamiento EXCLUSIVO sobre calle San Martín.-




Que, por modificaciones edilicias realizadas en la institución bancaria se ha


cambiado el sector de ingreso a la misma, y consecuentemente el espacio de estacionamiento


para el vehículo de transporte de caudales; siendo el actual por calle Lamadrid, entre San


Martín y O´Higgins.-




Que, así mismo y en vista de la reciente inauguración de una nueva sucursal se


deberá autorizar la reserva para el estacionamiento exclusivo de unidades pertenecientes a esa


entidad sobre calle Coronel Suárez entre Juan Manuel de Rosas y Félix San Martín.-




Que, en virtud de lo estipulado por la Ley 19130, el Decreto Reservado 2625/73 y la


Com “A” 5308 del B.C.R.A., que en materia de transporte de caudales y reservas de


estacionamiento establece que “…Las entidades financieras deberán arbitrar los recaudos para que
se cumplimente adecuadamente lo establecido en los Art. 5º y 12º del Decreto “R” 2625/73 en la


actividad de carga y descarga de dinero que realizan los vehículos blindados de transporte de


caudales, ya sean propios o de terceros, en sus casas y dependencias; a tal efecto, deberán gestionar


ante las autoridades municipales de cada jurisdicción un lugar de estacionamiento libre y exclusivo


para los camiones blindados de transporte de dinero frente a las mismas.”.-




Que, la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Junín de los Andes en su Artículo


161 establece “El Concejo Deliberante establecerá por ordenanza los sentidos de marcha de


las calles del radio urbano,.... y el estacionamiento vehicular para cada zona, garantizando: a)


El cuidado del ambiente y la seguridad y la salud de las personas”.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/04/2015, resuelve por


unanimidad establecer para uso de espacio público para estacionamiento del Banco Provincia


del Neuquén Sucursal Junín de los Andes, sobre calle Lamadrid Dirección Oeste - Este,


margen derecha; desde la altura 275 al 290 los días hábiles de 8 a 18 hs.-




POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













MIRTA MARGARITA RAMÍREZ VÍCTOR CEFERINO CHAÑAPI


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2475/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1231/05, el cual quedará


redactado de la siguiente manera: “OTÓRGASE al Banco Provincia del


Neuquén, Sucursal Junín de los Andes, la Reserva de Estacionamiento EXCLUSIVO al sector


de uso público ubicado sobre calle Lamadrid – dirección Oeste - Este, margen derecha, desde


la altura Nº 275 al Nº 290 y sobre calle Coronel Suárez, dirección Este – oeste; margen


derecha, desde la altura Nº 15 al Nº 25, en los días hábiles de 08:00 hs. a 18:00 hs.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que los gastos que demande construcción de la cartelería,


señalización y mano de obra correrá por cuenta de la institución bancaria.-




ARTÍCULO 3º: DETERMÍNASE: que el Departamento Ejecutivo Municipal a través del


área respectiva deberá supervisar la demarcación y señalización del


Estacionamiento Exclusivo, conforme lo reseñado en el Artículo 1º de la presente. Las


características y tipología de los carteles deberán adecuarse a lo normado en la Ley Nacional


de Tránsito Nº 24449, Artículo 22º de la Reglamentación – Sistema Uniforme de


Señalamiento.-




ARTÍCULO 4º: Remítase la presente al Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal,


a sus efectos. Promulgada elévese copia de la presente a la Banco Provincia


del Neuquén Sucursal Junín de los Andes” y al Jefe de la División Tránsito de la Policía


Provincial.- DESE a conocimiento público y amplia difusión por los medios escritos y orales


de la localidad.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL


AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1781/15.-













MIRTA MARGARITA RAMÍREZ VÍCTOR CEFERINO CHAÑAPI


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA