Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O RD E N A N Z A Nº 3043/2020
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10751/20 de fecha 07/09/2020 que contiene la Nota Externa Nº
078/2020
de fecha 04/09/2020 presentada por el Ejecutivo Municipal, firmada por el Sr. Intendente
Carlos A. Corazini; la Ley Nacional Nº 27.002 y Ley Provincial N° 3020;
Viendo las distintas actividades que se están llevando a cabo por los Jóvenes que participan
activamente en la construcción social y cultural, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Provincial N° 586/2019 se crea a Secretaria de Niñez, Adolescencia
y Juventud.-
Que, en el año 2019 se creó desde el Ejecutivo Municipal el área correspondiente a la
Subsecretaría de Juventud para intervenir en la formulación y ejecución de políticas públicas
destinadas al desarrollo físico, psíquico y social de los jóvenes.-
Que, en la localidad de Junín de los Andes tenemos en su gran mayoría un porcentaje
elevado de JÓVENES con un gran compromiso de llevar adelante y participar en las distintas
propuestas.-
Que, debido a la situación actual COVID 19 se modificaron y generaron así nuevas formas
de trabajo con paradigmas de innovación que nos permiten seguir comunicándonos.-
Que, desde este Concejo Deliberante vemos la importancia de acompañar a todos los
JÓVENES en su construcción ciudadana, que las Juventudes presentes y activas construyen el futuro,
y organizadas que piensan en un futuro desde el hoy, en un lazo social pensando en un colectivo para
transformar, generar y articular.-
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULO 56º Y 57º , Inc.- “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE: a la Ley Nacional Nº 27.002 "Día Nacional de la Juventud", en
conmemoración de la denominada Noche de los Lápices.-
ARTÍCULO 2º: DECLÁRASE: el INTERÉS por parte del Concejo Deliberante y
acompañamiento del Ejecutivo Municipal para llevar adelante el día 16 de
Septiembre de cada año como “Día Provincial de la Juventud” y asimismo bajo el contexto de
pandemia el mes de septiembre 2020 las diferentes actividades estipuladas en protocolo.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que la Subsecretaría de Juventud Municipal deberá incorporar la
fecha mencionada al calendario anual e implementar actividades para difundir el
acontecimiento referido en el Artículo 1° de esta Ley.
ARTICULO 4º: Comuníquese: al Departamento Ejecutivo Municipal sus efectos.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2079/20.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
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JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES