Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2978/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2978/2019
VISTO: El Expediente C.D. N° 10483/19 de fecha 19/11/2019, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite, Convenio Marco de Cooperación
Recíproca entre la Municipalidad de Junín de los Andes (“La Municipalidad”) y la Empresa
Petroplastic S.A. (“La Empresa”), y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, su Preámbulo expresa
que se ha de favorecer el desarrollo productivo en un marco que asegure la preservación del
ambiente, el crecimiento armónico de la localidad y la calidad de vida de sus habitantes.-
Que, dentro de las obligaciones establecidas en la Carta Magna, Artículo 36º, Inciso f.f),
el intendente ha de cumplir con preservar, restaurar y mejorar el ambiente, los procesos ecológicos
esenciales y los recursos naturales, reduciendo la degradación y contaminación que los afectaren,
en un marco de distribución equitativa. Promover la conciencia pública y el desarrollo de
modalidades educativas que facilitaren la participación comunitaria en la gestión ambiental.-
Que, por Ordenanza Nº 2989/19 “Declaración de Emergencia Ambiental en todo el Ejido
Municipal de la Ciudad de Junín de los Andes”, se han de articular mediadas tendientes a remediar
los espacios que fueron utilizados para deposición final de residuos sólidos urbanos, y los que en
la actualidad se están utilizando para ello. Que en conocimiento de esto “La Municipalidad”, ha
elaborado los siguientes Proyectos, a saber:
a) Proyecto de gestión de gases mediante la realización de Venteos del Lote B (Ex vertedero a
cielo abierto de residuos sólidos urbanos) – Proyecto elaborado con la Empresa
Petroplastic S.A.-
b) Proyecto de Forestación, Parquización y Riego del Lote B (Ex vertedero a cielo abierto de
residuos sólidos urbanos). Es de suma importancia indicar que el sistema de riego fue
elaborado utilizando agua ya tratada de la planta de tratamiento de residuos cloacales.-
c) Proyecto de irrigación de mallines, mediante la utilización de agua ya tratada proveniente de
la Planta de Tratamientos de Residuos Cloacales de la Ciudad de Junín de los Andes y a
través de un ducto que cruzará el cauce del Río Chimehuín anulando y evitando el impacto
que genera su vuelco al propio Río Chimehuín (Proyecto Ejecutivo en desarrollo junto con
la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Provincia, entre otros.).-
Que, en función de los narrado precedentemente, se está en condiciones de ejecutar el
primero de los proyectos, ya que se cuenta con los materiales para realizar cuatro pozos de venteos
en el mencionado Lote B (Ex vertedero a cielo abierto de residuos sólidos urbanos), que son
necesarios para después proseguir con Forestación, Parquización y Riego.-
Que, la Empresa Petroplastic S.A. en conjunto con este municipio, realizó el proyecto de
dichos pozos reutilizando los materiales de descarte de “La Empresa”, y que en la actualidad no
tiene lugar la deposición final de los mismos
Que, en virtud de lo expuesto “La Municipalidad” y “La Empresa” acuerdan celebrar el
presente Convenio Marco de Cooperación que sirve de base para que con posterioridad se elaboren
actas acuerdos, al solo efecto de materializar los proyectos enunciados precedentemente y de los
cuales es necesaria la participación de privados.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2978/19.-
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Concejo Deliberante
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Que, el objetivo del Convenio Marco de Cooperación es establecer un marco amplio de
colaboración en actividades orientadas a la preservación del entorno ambiental y educativas entre
“La Empresa” y “La Municipalidad” en consecuencia “La Empresa” colaborará con “La
Municipalidad”·en la instalación de 4 pozos de venteos en lugar a determinar por “La
Municipalidad”, en conformidad al proyecto realizado por “La Empresa”, con la utilización de
caños despuntes para la estabilización de la columna de difusión de gases provenientes de la
descomposición de los residuos dispuestos en esos sectores, La ubicación de las columnas de
venteos serán determinados por “La Municipalidad” en una primera etapa.-
Que, para el logro de los objetivos mencionados en los párrafos anteriores, las partes
acordarán mediante Acuerdos Específicos, las actividades a realizar en cada proyecto en particular,
como es el presente caso inicial y en aquellos campos que sean de mutuo interés para ambas
Instituciones. Se consignará el proyecto a ejecutar con los objetivos expresamente determinados y
las prestaciones que asumirá cada parte.-
Que, sometido a tratamiento el Convenio de referencia, en Sesión Ordinaria de fecha
20/11/2019, se decide sobre tablas y por unanimidad, homologar el mismo, con el dictado de la
norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: HOMOLÓGASE: el Convenio Marco de Cooperación Recíproca suscripto en
fecha 30 de Octubre de 2019, entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Corazini, en adelante “La Municipalidad”; y
la Empresa Petroplastic Sociedad Anónima, representada por el Sr. Eduardo Daniel Dutrey, D.N.I.
Nº 13.214.635, en adelante “La Empresa”, el cual consta de Siete (7) Cláusulas e integra la
presente Ordenanza como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Promulgada, envíese copia a la Empresa Petroplastic S.A-, y sectores de la
administración municipal que correspondan.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTE DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2.041/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES