Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2299/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2299/2013
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6872/13 de fecha 18/09/2013, que contiene Nota Nº 379/13 de
la Intendencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo remite copia del Convenio suscrito entre el Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación y Municipalidad de Junín de los Andes, en el marco del Plan
Nacional de Desarrollo Local y Economía Social “Manos a la Obras”, establecido por
Resolución MDS Nº 2476/2010, a fin de contribuir a la inclusión social mediante la creación y
desarrollo de emprendimientos que son implementados por grupos asociativos con alta
vulnerabilidad social y/o emprendedores de la economía social.-
Que, la Cláusula Primera establece que el presente Convenio tiene por objeto
procurar la colaboración recíproca entre “El Ministerio” a través de la Dirección Nacional de
Promoción de la Comercialización y “La Municipalidad” para la implementación del Proyecto
“SALA PARA EL APROVECHAMIENTO COMERCIAL DE CARNE DE HERBÍVOROS
SILVESTRES EXÓTICOS”. Se deja constancia que las acciones, bienes y servicios son
financiados con el presente convenio, en el marco de la marca registrada “Argentina Trabaja”.-
Que, la Cláusula Segunda establece que el proyecto consistirá en el desarrollo de una
unidad productiva y de comercialización de productos derivados de cárnicos silvestres
regionales de la localidad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén. Con tal propósito, se
financiarán los gastos de equipamiento, indumentaria de trabajo, herramientas, maquinarias e
insumos a la “La Municipalidad”, para la instalación y adecuación de una sala de desposte,
una sala de elaboración de productos derivados de cárnicos silvestres regionales, y un espacio
de venta.-
Que, la Cláusula Tercera establece que a los fines indicados en la Cláusula
precedente “El Ministro” se compromete a transferir a “La Municipalidad” un monto total de
Pesos Trescientos Ochenta y Nueve Mil Doscientos Ochenta y Dos con 47/100
($ 389.282,47), sujeto a disponibilidades financieras y presupuestarias para atender el
Proyecto. La suma, deberá ser aplicada de la siguiente forma:
a. La suma de Pesos Doscientos Veinticinco Mil Quinientos Siete con 22/100 ($225.507,22)
para financiar gastos de equipamiento.-
b. La suma de Pesos Veintidós Mil Sesenta y Cinco con 85/100 ($ 22.065,85) para financiar
gastos de indumentaria de trabajo.
c. La suma de pesos Cincuenta Mil Seiscientos Treinta y Uno con 40/100 ($ 50.631,40) para
financiar gastos de herramientas.-
d. La suma de Pesos Ochenta y Tres Mil Cuatrocientos Ocho ($ 83.408,00) para financiar
gastos de maquinaria un (1) carro con batea, un (1) carro porta bandeja, dos (2) carros playos
sanitarios, una (1) plataforma de traslado, dos (2) carros rodantes, una (1) embutidora
industrial, una (1) picadora de carne, una (1) mezcladora industrial, una (1) cortadora de
fiambre y una (1) sierra para carnicería.
e. La suma de Pesos siete Mil Seiscientos Setenta ($ 7.670,00) para financiar gastos de
insumos.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2299/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en el citado Expte. se solicita la autorización para la apertura de la partida
presupuestaria de Ingresos y Egresos en el Presupuesto Municipal – ejercicio 2013.-
Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo 150, dice: “La Municipalidad de
Junín de los Andes promoverá las actividades que generan trabajo genuino y produce un crecimiento
económico y bienestar general en la comunidad”.-
Que, atento al Despacho Nº 093/2013 de la Comisión de Promoción del Empleo y
Desarrollo Territorial, aprobado en forma unánime en Sesión Ordinaria de fecha 09/10/2013,
este Concejo Deliberante dictamina aprobar el convenio de referencia, con el dictado de la
norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio celebrado entre el MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, representado por el Señor Secretario de
Coordinación y Monitoreo Institucional, Contador Carlos Daniela CASTEGNETO, y la
MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Sr. Intendente
Municipal, Don Juan Domingo LINARES, para la implementación del Proyecto “SALA
PARA EL APROVECHAMIENTO COMERCIAL DE CARNE DE HERBÍVOROS
SILVESTRES EXÓTICOS”, el cual consta de quince (15) Cláusulas e integra la presente
como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE: en el Presupuesto General de la Administración Municipal
para el Ejercicio 2013 – Ordenanza Nº 2282/13 – la Partida en Ingresos y
Egresos por un monto total de Pesos Trescientos Ochenta y Nueve Mil Doscientos Ochenta y
Dos con 47/100 ($ 389.282,47), correspondiente a los fondos provenientes del Convenio
aprobado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.696/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA