Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2591/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2591/2016
VISTO: Que el día 28 de Marzo del año 2007 el Congreso de la Nación sancionó la Ley N°
26.233 con el objeto de promover y regular los Centros de Desarrollo Infantil
(Artículo 1° entendiendo a los mismos como aquellos espacios de atención integral de niños y
niñas de hasta cuatro (4) años de edad, encargados de realizar acciones para instalar, en los
ámbitos familiar y comunitario, capacidades que favorezcan la promoción y protección de los
derechos de niños y niñas (artículo 2); instituciones reconocidas por las Leyes Nacionales N°
26.061 y 26.206, decretos reglamentarios y tratados internacionales;.
Que en fecha 22 de mayo del año 2013, la Provincia del Neuquén sanciona la Ley
Provincial N° 2856 mediante la cual el estado provincial adhiere a esta legislación vigente en
todos sus términos y;
CONSIDERANDO:
Que, los centros de Desarrollo Infantil cuentan con una misión imprescindible:
favorecer la promoción y protección de los derechos reconocidos a los niños y niñas, conforme
a los principios rectores de INTEGRIDAD, ATENCION SINGULAR, ESTIMULACIÓN
TEMPRANA, IGUALDAD, SOCIALIZACION E INTEGRACION, RESPETO A LA
DIVERSIDAD CULTURAL, SOLIDARIDAD, COOPERACION.
Que, conforme a la legislación vigente, los Centros de Desarrollo Infantil, tanto
gubernamentales como no gubernamentales, deben adecuar su funcionamiento a los principios
enunciados y reglamentaciones, garantizando la idoneidad de su personal, el respeto de las
normas de higiene, seguridad y nutrición, con instalaciones adecuadas para su correcto
funcionamiento, cumpliendo con controles periódicos de crecimiento y desarrollo, adaptando
las condiciones de admisibilidad y permanencia a la institución, la atención a las necesidades
de cada grupo etario, manteniendo una relación adecuada entre numero de niños y niñas,
asistentes y personal a cargo.
Que, a nivel local, el funcionamiento de la U.A.F. (Unidad de Acción Familiar) y
C.C.I (Centro de Cuidados Infantiles) representan en la sociedad local un espacio de
dedicación específica para niños y niñas menores a los 4 años de edad, estimulando su
desarrollo integral con una directa intervención con sus familias cumpliendo con su función
preventiva, promocional y reparadora.
Que, conforme a los Convenios celebrados entre la Provincia del Neuquén y la
Municipalidad de Junín de los Andes se ha delegado la función de Autoridad de Aplicación,
delegación de funciones y la correspondiente asignación de fondos por la U.A.F.
Que, la ley provincial invita a los municipios a dictar la norma legal correspondiente,
a fin de adherir a la Ley 26233 y su Decreto Reglamentario 1202/08.
Que, reviste una importancia fundamental en la política social de este Municipio el
trabajo directo con la institución familiar en su conjunto, en particular, una atención directa
sobre las necesidades de los niños y niñas que integran nuestra comunidad, en clara promoción
de su derecho a la educación, contención y cuidado desde la primera infancia desarrollada
entere los cuarenta y cinco días de edad y los cuatro años.
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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Que, la relación de las instituciones dedicadas a la protección de los niños y niñas
requiere de una articulación directa y específica contenida en un marco legal regulatorio.
Que, implementando la presente se estaría contribuyendo con los derechos del niño
(Declaración Universal de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959).
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56º Y 57º Inciso “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: ADHIERASE: a la Ley Provincial N° 2.856 y a la Ley Nacional N° 26.233
y al correspondiente Decreto Reglamentario N° 1202/08- De Promoción y
Regulación de Centros de Desarrollo Infantil.
ARTÍCULO 2º: MODIFÍQUESE: la denominación actual de C.C.I (Centro de Cuidados
Infantiles) pasará a ser C.D.I (Centro de Desarrollo Infantil) nombre de
fantasía “Rincón de Luz” y la denominación actual de U.A.F. (Unidad de Acción Familiar)
pasará a ser C.D.I. (Centro de Desarrollo Infantil) nombre de fantasía “Burbujitas”.
ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE: a la Secretaría de Familia y Fortalecimiento Comunitario del
Departamento Ejecutivo Municipal o a quien a futuro lo reemplace para la
instrumentación de la presente adhesión que se efectúa con expresa reserva de jurisdicción,
legislación, administración, ejecución y control de las competencias que le corresponden.
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL
AÑO DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1849/16 – EXPTE. C.D.
Nº 8438/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES