2591 - 16 Adhesión Ley Nacional 26233 - Dec. Reg. Nº 1202-08 y Ley Prov. Nº 2856 Dentros de Desarrollo Infantiles.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2591/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2591/2016



VISTO: Que el día 28 de Marzo del año 2007 el Congreso de la Nación sancionó la Ley N°


26.233 con el objeto de promover y regular los Centros de Desarrollo Infantil


(Artículo 1° entendiendo a los mismos como aquellos espacios de atención integral de niños y


niñas de hasta cuatro (4) años de edad, encargados de realizar acciones para instalar, en los


ámbitos familiar y comunitario, capacidades que favorezcan la promoción y protección de los


derechos de niños y niñas (artículo 2); instituciones reconocidas por las Leyes Nacionales N°


26.061 y 26.206, decretos reglamentarios y tratados internacionales;.


Que en fecha 22 de mayo del año 2013, la Provincia del Neuquén sanciona la Ley


Provincial N° 2856 mediante la cual el estado provincial adhiere a esta legislación vigente en


todos sus términos y;


CONSIDERANDO:


Que, los centros de Desarrollo Infantil cuentan con una misión imprescindible:


favorecer la promoción y protección de los derechos reconocidos a los niños y niñas, conforme


a los principios rectores de INTEGRIDAD, ATENCION SINGULAR, ESTIMULACIÓN


TEMPRANA, IGUALDAD, SOCIALIZACION E INTEGRACION, RESPETO A LA


DIVERSIDAD CULTURAL, SOLIDARIDAD, COOPERACION.


Que, conforme a la legislación vigente, los Centros de Desarrollo Infantil, tanto


gubernamentales como no gubernamentales, deben adecuar su funcionamiento a los principios


enunciados y reglamentaciones, garantizando la idoneidad de su personal, el respeto de las


normas de higiene, seguridad y nutrición, con instalaciones adecuadas para su correcto


funcionamiento, cumpliendo con controles periódicos de crecimiento y desarrollo, adaptando


las condiciones de admisibilidad y permanencia a la institución, la atención a las necesidades


de cada grupo etario, manteniendo una relación adecuada entre numero de niños y niñas,


asistentes y personal a cargo.


Que, a nivel local, el funcionamiento de la U.A.F. (Unidad de Acción Familiar) y


C.C.I (Centro de Cuidados Infantiles) representan en la sociedad local un espacio de


dedicación específica para niños y niñas menores a los 4 años de edad, estimulando su


desarrollo integral con una directa intervención con sus familias cumpliendo con su función


preventiva, promocional y reparadora.


Que, conforme a los Convenios celebrados entre la Provincia del Neuquén y la


Municipalidad de Junín de los Andes se ha delegado la función de Autoridad de Aplicación,


delegación de funciones y la correspondiente asignación de fondos por la U.A.F.


Que, la ley provincial invita a los municipios a dictar la norma legal correspondiente,


a fin de adherir a la Ley 26233 y su Decreto Reglamentario 1202/08.


Que, reviste una importancia fundamental en la política social de este Municipio el


trabajo directo con la institución familiar en su conjunto, en particular, una atención directa


sobre las necesidades de los niños y niñas que integran nuestra comunidad, en clara promoción


de su derecho a la educación, contención y cuidado desde la primera infancia desarrollada


entere los cuarenta y cinco días de edad y los cuatro años.













RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2591/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, la relación de las instituciones dedicadas a la protección de los niños y niñas


requiere de una articulación directa y específica contenida en un marco legal regulatorio.




Que, implementando la presente se estaría contribuyendo con los derechos del niño


(Declaración Universal de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las


Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959).




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56º Y 57º Inciso “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: ADHIERASE: a la Ley Provincial N° 2.856 y a la Ley Nacional N° 26.233


y al correspondiente Decreto Reglamentario N° 1202/08- De Promoción y


Regulación de Centros de Desarrollo Infantil.




ARTÍCULO 2º: MODIFÍQUESE: la denominación actual de C.C.I (Centro de Cuidados


Infantiles) pasará a ser C.D.I (Centro de Desarrollo Infantil) nombre de


fantasía “Rincón de Luz” y la denominación actual de U.A.F. (Unidad de Acción Familiar)


pasará a ser C.D.I. (Centro de Desarrollo Infantil) nombre de fantasía “Burbujitas”.




ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE: a la Secretaría de Familia y Fortalecimiento Comunitario del


Departamento Ejecutivo Municipal o a quien a futuro lo reemplace para la


instrumentación de la presente adhesión que se efectúa con expresa reserva de jurisdicción,


legislación, administración, ejecución y control de las competencias que le corresponden.




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL


AÑO DOS MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1849/16 – EXPTE. C.D.


Nº 8438/16.-













RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES