2831 - 18 Ratificar Convenio Cooperación Instituto Nacional de las Mujeres y la Municipalidad de Junín de los Andes.pdf

ORDENANZA Nº 2831/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2831/2018



VISTO: El Expte. C.D. Nº 9759/18 de fecha 27/07/2018 iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, el cual contiene Convenio de Cooperación entre el Instituto Nacional de las


Mujeres y la Municipalidad de Junin de los Andes, y;




CONSIDERANDO




Que, el objeto del citado Convenio es reglar la cooperación entre las partes para la


implementación del Proyecto “UN ABORDAJE PARA LA INCLUSIÓN”. A través de la


ejecución del proyecto se proponen los siguientes objetivos: a) sensibilizar a los equipos de


profesionales y no profesionales de las áreas municipal y provincial en perspectiva de género y


diversidad; b) capacitar a los y las profesionales y agentes que trabajan en áreas vinculadas a


temáticas de violencia de género, en introducción a nociones básicas de género y lenguaje no


sexista, violencia de género en el marco de las leyes nacionales 26.485, 26.743 y ley provincial


2.786, c) fortalecer las intervenciones de los equipos con enfoque de género y diversidad,


generando un trabajo articulado entre las áreas involucradas en la temática, siguiendo un criterio


unificado para la intervención, la prevención y la promoción, sin perjuicio de otros objetivos que


las partes deseen alcanzar con idéntico propósito al que anima el presente Convenio.-




Que, en la Cláusula quinta del Convenio, se establecen las obligaciones de cada unas de


las partes (“EL INAM” y “LA MUNICIPALIDAD”).-




Que, el plazo de ejecución del proyecto es de ciento cincuenta (150) días corridos


contados a partir de la efectiva acreditación de los fondos en la cuenta que la Municipalidad ha


abierto a tales fines.-




Que, la autonomía municipal brindada por la Carta Orgánica Municipal pone en


cabeza de los municipios una serie de facultades irrenunciables en la promoción y protección de


derechos de sus habitantes, dentro del ámbito de su competencia en sus Art. 147, 148 y 149. Y


que estos concretamente se basan en la obligación de traducir al nivel local las normas que


promueven los derechos de las mujeres, los niños, niñas y adolescentes con perspectiva de


género, tanto en el ámbito de las políticas, programas y acciones de promoción y protección del


municipio.




Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,


en su Artículo 57, Inc., “t”, resuelve sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha


01/08/2018, ratificar el Convenio referenciado y la apertura de la partida presupuestaria


correspondiente, con el dictado de la norma legal respectiva.-
































LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES




ORDENANZA Nº 2831/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Cooperación entre el Instituto Nacional de las


Mujeres, en adelante “El INAM”, con domicilio en Avenida Paseo Colón Nº


275, Piso 5º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por su Directora Ejecutiva,


Sra. María Fabiana Tuñez, y la Municipalidad de Junin de los Andes, en adelante “LA


MUNICIPALIDAD”, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini, con


domicilio en Ginés Ponte Nº 504, Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, el cual consta de


diecisiete (17) Cláusulas y corre agregado a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2018,


Ordenanza Nº 2760/2017, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a los


fondos provenientes del convenio ratificado en Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente a la el Instituto


Nacional de las Mujeres.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL


DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1968/18.-

















LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO


CONCEJO DELIBERANTE
VICEINTENDENTE MUNICIPAL


PRESIDENTE


JUNÍN DE LOS ANDES CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES