Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1739/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1739/2009
VISTO: El Expte. C.D. Nº 4394/09 de fecha 30/04/2009 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite copia de Decreto Provincial Nº 0739/09
de fecha 30/04/09, que modifica el Decreto Nº 494/09 del 30/03/09, con relación a los ingresos
que percibe la Provincia en concepto de Fondo Federal Solidario, creado por Decreto Nacional
de Necesidad y Urgencia Nº 206/09, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Nacional Nº 206/09 establece en forma extraordinaria, la
distribución hacía las provincias y cada uno de sus municipios, del treinta por ciento (30%) de
los montos efectivamente recaudados en concepto de derecho de exportación de soja y sus
derivados.-
Que, el Artículo 1º del Decreto Provincial Nº 0739/09 modifica el Artículo 3º del
Decreto nº 494/09, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Establécese que el
veintinueve como ciento noventa y nueve por ciento (29,199) de los fondos a percibir en forma
mensual por la Provincia, correspondientes al fondo Federal Solidario, serán distribuidos
entre los Municipio incluidos en el anexo II de la Ley Provincial 2148 conforme los
coeficientes establecido en el mismo. A tal efecto los municipios deberán adherir a la presente
norma legal”.-
Que, el Artículo 5º determina “que los fondos distribuidos correspondientes al
Fondo Compensador Solidario creado en el Artículo 3º sólo podrán ser afectados al
financiamiento de obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria,
educativa, hospitalaria de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales con expresa
prohibición de utilizarlos para el financiamiento de gastos corrientes”.-
Que, el Artículo 6º determina “que la distribución de los recursos percibidos por la
Provincia a partir del 1 de Abril de 2009 en concepto de Fondo Federal Solidario, el cual
será efectuada en forma automática por el Banco de la Provincia del Neuquén S.A., el cual
transferirá a las cuentas bancarias habilitadas específicamente por cada Municipio, de
acuerdo a lo establecido en los Artículos 1º y 4º de la presente norma legal”.-
Que, en el Artículo 7º del Decreto Nº 0739/09 se invita a los Municipios de la
Provincia del Neuquén a adherir al mismo.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1739/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 17/06/2009, conforme
Despacho Nº 051/09 de la Comisión de Economía, dispuso por unanimidad adherir al Decreto
Nº 0739/09, con el dictado de la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE al Decreto Nº 739/09 de fecha 30/04/2009, mediante el cual
se modifica el Decreto Nº 494/09 de fecha 30/03/09.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
Promulgada, que fuere, elévese copia, por intermedio del Ejecutivo
Municipal, a las Secretarías Municipales, Organismos Provinciales y Nacionales que estime
corresponder.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea
Silvana Rosso.-
A DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1442/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA