Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1535/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1535/2007
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3704/07 de fecha 24/08/2007 y la nota presentada por la Presidenta
de la Comisión Directiva de la Biblioteca Popular Dr. GREGORIO ALVAREZ y;
CONSIDERANDO:
Que, no existe impedimento alguno para acceder a lo solicitado por la Señora
Presidenta de la Biblioteca, ya que hay espacios públicos cedidos oportunamente que se
pueden afectar para este tipo de actividad.-
Que, de acuerdo a lo establecido en nuestra Carta Magna, En el Articulo 136 del
Título I Capítulo I enuncia: La Municipalidad considera que la cultura se encuentra
íntimamente relacionada con la educación y es una parte constituyente del desarrollo humano
integral. A través del área municipal específica utilizará todos los medios necesarios para la
promoción y difusión de la cultura en todos sus aspectos y alcances y, sin perjuicio de otras
que sean apropiadas y convenientes, realizará las acciones para:
Inciso e: Planificar, crear, organizar, custodiar, restaurar y mantener monumentos, lugares
históricos, exposiciones, bibliotecas, museos, paseos urbanos, miradores y toda otra
manifestación cultural y recreativa, garantizando el acceso público.-
Inciso g: Impulsar y apoyar el establecimiento de centros culturales públicos y privados
abiertos a la comunidad.-
Inciso h: Fomentar el desarrollo y coordinar el accionar de las organizaciones locales
reconocidas, vinculadas al quehacer cultural.-
Que, la trayectoria que ha marcado la Biblioteca desde su creación no ha sido otra
que estar al Servicio de los Estudiantes y Público en General, sirviendo para ello como faro de
culturalización comunitaria.-
Que, existen antecedentes, sobrados para poder enunciar el rol importantísimo que
cumple la Biblioteca en Nuestra Localidad.-
Que, este Municipio no presenta objeción alguna a lo solicitado por la Señora
Presidenta de la Comisión Directiva de la Biblioteca Dr. GREGORIO ALVAREZ, en que se
les cedas los lotes 35 y 36 de la Manzana 38C del Barrio Lonquimay de nuestra Localidad.-
Que, los lotes enunciados precedentemente, fueron cedidos a este Municipio en
cumplimiento con lo establecido en el Reglamento Nacional de Mensura (Decreto Ley 14159)
y lo dispuesto en el Código Urbano de Edificación Ordenanza 237/91, en lo atinente a la
obligación por quien realice una urbanización de afectar un porcentaje del total de la superficie
a lotear como Reserva Fiscal.-
ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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Que, en los expedientes de mensura donde se originan dichos lotes son dos a saber:
a.- 2318-3003/87, consta que se cede a la Municipalidad de Junín de los Andes, el
Lote 35 de la Manzana 38C Nomenclatura Catastral 13-20-045-4210, de una superficie de
1058,59 Mts², Plano confeccionado por el Agrimensor Edelmiro Thumann aprobado y
registrado en fecha Octubre de 1987.-
b.- 2318-4706/91 e cede a la Municipalidad de Junín de los Andes, el Lote 36 de la
Manzana 38c Nomenclatura Catastral 13-20-045-4010, de una superficie 1213,25 Mts² Plano
confeccionado por el Agrimensor Edelmiro Thumann aprobado y registrado en fecha Marzo
de 1993.-
Que, no existe normativa vigente que reglamente la Inscripción de dominio hacia el
estado Municipal de las reservas fiscal y espacios verdes cedidos por particulares.-
Que, se cree oportuno con la presente aceptar los lotes cedido como reservas fiscal,
por los expediente enunciados en el párrafo anterior y en forma simultánea cederlos en
carácter no oneroso a la Biblioteca Popular Dr. GREGORIO ALVAREZ.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE el Lote 35 de la Manzana 38C Nomenclatura Catastral 13-20-
045-4210, de una superficie de 1058,59 Mts² Inscripción de dominio
Matricula 1790 Huiliches y el Lote 36 de la Manzana 38c Nomenclatura Catastral 13-20-045-
4010, de una superficie 1213,25 Mts², Inscripción de dominio Matricula 2156 Huiliches, Los
cuales surgen de Planos de mensura aprobados y registrados por la Dirección Provincial de
Catastro Bajo Expedientes 2318-3003/87 - 2318-4706/91, y que fueron confeccionados a
efectos de generar dos urbanizaciones en las Chacras 38 y 39 de nuestra Localidad.-
ARTICULO 2º: TRANSFIÉRANSE sin cargo los lotes enunciados en el Artículo anterior a
la Biblioteca Popular Dr. GREGORIO ALVAREZ, para que esta construya
su edificio en un todo y de acuerdo a lo requerido por su comisión directiva.-
ARTICULO 3º: A través de la Escribanía que se estime corresponder deberá realizarse la
protocolización de la presente a efectos de dejar asentado la aceptación de la
cesión de los lotes para Reserva Fiscal y la afectación de los mismos a la Biblioteca Popular
Dr. GREGORIO ALVAREZ.-
ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ARTÍCULO 4º: FÍJASE a partir de la sanción de la presente Ordenanza, que toda Reserva
Fiscal y Espacio Verde, cedido oportunamente y a ceder deben por
normativa complementaria aceptarse e inscribirse a nombre de la Municipalidad de Junín de
los Andes, acto que puede realizar con la protocolización de la norma a sancionar.-
ARTÍCULO 5º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente a la Comisión Directiva de la
Biblioteca Gregorio Álvarez, y a las Secretarías Municipales que correspondan, para su
conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 6º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Aladino
Altamirano.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1354/07.-
ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES