1535 - Cesión Lote 35 Manzana 38c a la Biblioteca Popular Gregorio Alvarez.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1535/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1535/2007



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 3704/07 de fecha 24/08/2007 y la nota presentada por la Presidenta


de la Comisión Directiva de la Biblioteca Popular Dr. GREGORIO ALVAREZ y;




CONSIDERANDO:




Que, no existe impedimento alguno para acceder a lo solicitado por la Señora


Presidenta de la Biblioteca, ya que hay espacios públicos cedidos oportunamente que se


pueden afectar para este tipo de actividad.-


Que, de acuerdo a lo establecido en nuestra Carta Magna, En el Articulo 136 del


Título I Capítulo I enuncia: La Municipalidad considera que la cultura se encuentra


íntimamente relacionada con la educación y es una parte constituyente del desarrollo humano


integral. A través del área municipal específica utilizará todos los medios necesarios para la


promoción y difusión de la cultura en todos sus aspectos y alcances y, sin perjuicio de otras


que sean apropiadas y convenientes, realizará las acciones para:


Inciso e: Planificar, crear, organizar, custodiar, restaurar y mantener monumentos, lugares


históricos, exposiciones, bibliotecas, museos, paseos urbanos, miradores y toda otra


manifestación cultural y recreativa, garantizando el acceso público.-


Inciso g: Impulsar y apoyar el establecimiento de centros culturales públicos y privados


abiertos a la comunidad.-


Inciso h: Fomentar el desarrollo y coordinar el accionar de las organizaciones locales


reconocidas, vinculadas al quehacer cultural.-


Que, la trayectoria que ha marcado la Biblioteca desde su creación no ha sido otra


que estar al Servicio de los Estudiantes y Público en General, sirviendo para ello como faro de


culturalización comunitaria.-


Que, existen antecedentes, sobrados para poder enunciar el rol importantísimo que


cumple la Biblioteca en Nuestra Localidad.-


Que, este Municipio no presenta objeción alguna a lo solicitado por la Señora


Presidenta de la Comisión Directiva de la Biblioteca Dr. GREGORIO ALVAREZ, en que se


les cedas los lotes 35 y 36 de la Manzana 38C del Barrio Lonquimay de nuestra Localidad.-




Que, los lotes enunciados precedentemente, fueron cedidos a este Municipio en


cumplimiento con lo establecido en el Reglamento Nacional de Mensura (Decreto Ley 14159)


y lo dispuesto en el Código Urbano de Edificación Ordenanza 237/91, en lo atinente a la


obligación por quien realice una urbanización de afectar un porcentaje del total de la superficie


a lotear como Reserva Fiscal.-













ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




















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Que, en los expedientes de mensura donde se originan dichos lotes son dos a saber:


a.- 2318-3003/87, consta que se cede a la Municipalidad de Junín de los Andes, el


Lote 35 de la Manzana 38C Nomenclatura Catastral 13-20-045-4210, de una superficie de


1058,59 Mts², Plano confeccionado por el Agrimensor Edelmiro Thumann aprobado y


registrado en fecha Octubre de 1987.-


b.- 2318-4706/91 e cede a la Municipalidad de Junín de los Andes, el Lote 36 de la


Manzana 38c Nomenclatura Catastral 13-20-045-4010, de una superficie 1213,25 Mts² Plano


confeccionado por el Agrimensor Edelmiro Thumann aprobado y registrado en fecha Marzo


de 1993.-




Que, no existe normativa vigente que reglamente la Inscripción de dominio hacia el


estado Municipal de las reservas fiscal y espacios verdes cedidos por particulares.-




Que, se cree oportuno con la presente aceptar los lotes cedido como reservas fiscal,


por los expediente enunciados en el párrafo anterior y en forma simultánea cederlos en


carácter no oneroso a la Biblioteca Popular Dr. GREGORIO ALVAREZ.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE
el Lote 35 de la Manzana 38C Nomenclatura Catastral 13-20-


045-4210, de una superficie de 1058,59 Mts² Inscripción de dominio


Matricula 1790 Huiliches y el Lote 36 de la Manzana 38c Nomenclatura Catastral 13-20-045-


4010, de una superficie 1213,25 Mts², Inscripción de dominio Matricula 2156 Huiliches, Los


cuales surgen de Planos de mensura aprobados y registrados por la Dirección Provincial de


Catastro Bajo Expedientes 2318-3003/87 - 2318-4706/91, y que fueron confeccionados a


efectos de generar dos urbanizaciones en las Chacras 38 y 39 de nuestra Localidad.-




ARTICULO 2º: TRANSFIÉRANSE sin cargo los lotes enunciados en el Artículo anterior a


la Biblioteca Popular Dr. GREGORIO ALVAREZ, para que esta construya


su edificio en un todo y de acuerdo a lo requerido por su comisión directiva.-




ARTICULO 3º: A través de la Escribanía que se estime corresponder deberá realizarse la


protocolización de la presente a efectos de dejar asentado la aceptación de la


cesión de los lotes para Reserva Fiscal y la afectación de los mismos a la Biblioteca Popular


Dr. GREGORIO ALVAREZ.-













ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




















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ARTÍCULO 4º: FÍJASE a partir de la sanción de la presente Ordenanza, que toda Reserva


Fiscal y Espacio Verde, cedido oportunamente y a ceder deben por


normativa complementaria aceptarse e inscribirse a nombre de la Municipalidad de Junín de


los Andes, acto que puede realizar con la protocolización de la norma a sancionar.-




ARTÍCULO 5º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente a la Comisión Directiva de la


Biblioteca Gregorio Álvarez, y a las Secretarías Municipales que correspondan, para su


conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 6º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Aladino


Altamirano.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1354/07.-











ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES