Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1136/04
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1136/2004
VISTO: El Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de Noviembre de 2003
entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Firma Aserradero Paimún S.R.L.,
representada por su gerente, Sr. Eduardo H. Molina, titular del D.N.I. Nº 16.325.220, el cual se
realiza en un todo de acuerdo y conforme Expte Administrativo iniciado ante el Departamento
Ejecutivo Municipal de la ciudad de Junín de los Andes identificado con el Nº 6163 Folio 94
de fecha 02/12/2002, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del mismo la “Municipalidad” vende, cede y transfiere al “Adquirente” y
éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 479/95 y su modificatoria Nº
1014/2002, una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes,
identificada como parte del Lote 1 de la Manzana 91, Nomenclatura Catastral 13-20-056-1584,
que figura anexo como croquis adjunto en folio 05 del Expte. Nº 6163/02 del Ejecutivo Municipal,
con una superficie de Dos Mil Quinientos Metros Cuadrados (2.500 m²), o los que en más o en
menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por la “Adquirente”. La presente descripción
gráfica fue tomada del Expediente de Mensura aprobado por la Dirección Provincial de Catastro,
bajo el Nº E-2756-1511/98.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de pesos diez ($10,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.500,00), que serán
cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la
Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 005/2004 del 23/02/2004 de la Comisión de obras y
Servicios Públicos, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 26/02/2004, resuelve por
unanimidad ratificar el Convenio obrante a Fs. 26, 27 y 28 del Expte. Nº 6163/02 del Ejecutivo
Municipal, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el
mes de Noviembre de 2003 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos, y el Señor
Secretario de Gobierno, Coordinación y Control de Gestión, Don Marcelo E. Banchio, y la
Firma Aserradero Paimún S.R.L., representada por su gerente, Sr. Eduardo H. Molina, titular
del D.N.I. Nº 16.325.220, el cual consta de diez (10) Cláusulas y Condiciones e integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al gerente de la Firma Aserradero
Paimún S.R.L., Sr. Eduardo H. Molina, y a las Secretarías Municipales que correspondan, para
su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1136/04
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1158/04.-
Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE