1716 - 09 Homologación Convenio Mantenimiento Escuelas.pdf

ORDENANZA Nº 1716/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 1716/2009



VISTO: El Expte. C.D. Nº 4329/09 de fecha 14/04/2009 originado por Nota Nº 056/09


firmada por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante la cual


se remite copia de Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno, Educación y Cultura de la


Provincia del Neuquén, la Subsecretaría de Planificación Educativa y la Municipalidad de Junín de


los Andes, y;




CONSIDERANDO




Que, conforme lo establecido en la Cláusula Primera del citado convenio las partes se


comprometen a cooperar y aunar esfuerzos, para la implementación del desarrollo en conjunto de


tareas de mantenimiento preventivo y correctivo en Establecimientos Educativos de la localidad,


orientado a brindar una pronta y eficaz respuesta a las demandas cotidianas de mantenimiento


edilicio de los establecimientos.-




Que, la Cláusula Segunda expresa que la Municipalidad recibirá un aporte no


reintegrable por la suma de Pesos Doscientos Dieciséis Mil Doscientos Cuarenta ($


216.240,00), debiéndolo destinar íntegramente en forma exclusiva a la realización de las tareas de


mantenimiento edilicio durante los meses de enero, febrero y marzo del año 2009, según detalle


obrante en anexo I, en el marco de prórroga a los convenios aprobados mediante Decreto Nº


0119/09.-




Que, la Cláusula Tercera enuncia que la Subsecretaría abonará el monto indicado en la


Cláusula Segunda, en tres (3) cuotas por la suma de Pesos Setenta y Dos Mil Ochenta ($


72.080,00) cada una.-




Que, la Cláusula Cuarta determina que la Subsecretaría realizará la Transferencia de


fondos a la cuenta bancaria tramitada en el Banco Provincia del Neuquén en el inicio del año 2008,


para el depósito del monto estipulado en la Cláusula Tercera.-




Que, la Cláusula Quinta establece que la Municipalidad tendrá a su cargo la realización


de todas las tareas inherentes a la ejecución del mantenimiento: “Compra de materiales no


inventariables, contratación de mano de obra, fletes y cualquier otro gasto que implique la


ejecución de las tareas”. Asimismo tendrá a su cargo la seguridad en las tareas debiendo cumplir al


respecto con la totalidad de la normativa nacional, provincial y municipal vigente de Seguridad e


Higiene.-




Que, la Cláusula Sexta estipula que la Subsecretaría tendrá a su cargo la realización de


tareas de auditoría y asesoramiento técnico, quedando a entera disposición de los requerimientos


del Municipio.-




Que, la Cláusula Séptima expresa que el monto establecido en la Cláusula Segunda del


Convenio será utilizado por la Municipalidad exclusivamente para el mantenimiento preventivo y


correctivo de los establecimientos Educativos.-













ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











ORDENANZA Nº 1716/09.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La Municipalidad
de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental en el proceso de


apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas.


Realizará e impulsará las acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a


recibir una educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de


oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-


Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia
provincial y garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir opinión


sobre las necesidades educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas


infraestructura, equipamiento, planes y modalidades, que cumplan con los preceptos constitucionales


y afiancen el arraigo”.-


Que, este Concejo Deliberante, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,


en su el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha


15/04/2009, homologar el Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Gobierno,


Educación y Cultura de la Provincia del Neuquén, representada por el Sr.


Ministro de Gobierno, Educación y Cultura, Dr. Jorge Tobares, la Subsecretaría de Planificación


Educativa, representada por el Señor Subsecretario de Planificación Educativa, Arq. Santos


Manuel Arispón, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Señor Intendente


Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, referido a mantenimiento preventivo y correctivo en


Establecimiento Educativos de la localidad, el cual integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a al Ministerio


de Gobierno, Educación y Cultura de la Provincia del Neuquén y a la Subsecretaría de


Planificación Educativa.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS QUINCE


DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1428/09.-













ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA