3007 - 20 Prorrogar Convenio de Contrato Empresa SERVI-TRANS. Expte C.D. Nº 10547-20.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3007/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 3007/2020



VISTO: El Expte. C.D. Nº 10547/2020 de fecha 02 de Enero de 2020 iniciad por el


Departamento Ejecutivo Municipal, y,




CONSIDERANDO:




Que, mediante el mismo solicita autorización de prórroga de Contrato para el


Mantenimiento y cobro del Boleto del Servicio Público Transporte Urbano de Pasajeros, suscripto


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa SERVI-TRANS.-




Que, el citado Contrato celebrado en fecha 04 de Septiembre de 2019, fue ratificado por


Ordenanza Nº 2957/2019.-




Que, es preciso contar con los servicios de la Empresa contratada, para el


mantenimiento y correcto funcionamiento de las unidades que prestan el servicio de Transporte


Urbano de Pasajeros, necesario para la Comunidad en general.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 26/02/2020, conforme al


Despacho Nº 007/20 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, dispone por unanimidad


aprobar la prorrogar solicitada, con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE La CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a” EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:




ARTÍCULO 1º: PRÓRROGASE: por el término de 3 (tres) meses a partir de la promulgación de


la presente el Contrato para el Mantenimiento y cobro del Boleto del Servicio Público Transporte


Urbano de Pasajeros, suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa de
SERVI-TRANS, homologado por Ordenanza 2957/2019.-




ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada envíese copia a la Empresa SERVI-TRANS y a las Secretarías


Municipales que estime corresponder.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS


MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2056/2020.-















CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA