Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3007/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3007/2020
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10547/2020 de fecha 02 de Enero de 2020 iniciad por el
Departamento Ejecutivo Municipal, y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo solicita autorización de prórroga de Contrato para el
Mantenimiento y cobro del Boleto del Servicio Público Transporte Urbano de Pasajeros, suscripto
entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa SERVI-TRANS.-
Que, el citado Contrato celebrado en fecha 04 de Septiembre de 2019, fue ratificado por
Ordenanza Nº 2957/2019.-
Que, es preciso contar con los servicios de la Empresa contratada, para el
mantenimiento y correcto funcionamiento de las unidades que prestan el servicio de Transporte
Urbano de Pasajeros, necesario para la Comunidad en general.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 26/02/2020, conforme al
Despacho Nº 007/20 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, dispone por unanimidad
aprobar la prorrogar solicitada, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE La CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a” EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: PRÓRROGASE: por el término de 3 (tres) meses a partir de la promulgación de
la presente el Contrato para el Mantenimiento y cobro del Boleto del Servicio Público Transporte
Urbano de Pasajeros, suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa de
SERVI-TRANS, homologado por Ordenanza 2957/2019.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada envíese copia a la Empresa SERVI-TRANS y a las Secretarías
Municipales que estime corresponder.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2056/2020.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA