Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2460/2015
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7597/15 de fecha 16/01/2015 iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal, mediante el cual remite Convenio de Comodato, firmado en el mes de enero
de 2015, entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Cooperativa de Producción y
Comercialización “Manos Patagónicas LTD”, matricula en tramite bajo Expte. N° 5730-
004825/2014, y;
CONNSIDERANDO:
Que, mediante el citado Convenio la Municipalidad entrega en comodato sin costo
alguno para la COOPERATIVA, el inmueble ubicado en lote identificado como RD023 13 023,
entre las calles Bv. Asmar y Roca, sito en el predio donde se encuentran las oficinas de la
Secretaría de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial y la Subsecretaria de Bromatología,
donde funcionaran anteriormente la oficinas del Instituto Municipal de la Vivienda (INMUVI)
con una superficie de 157m2 (22.50m x 7.00m) en planta baja y 29.40m2 (4.20m x 7.00m) en
planta alta m2, todo ello de conformidad con lo prescripto por el Art. 2266, sstes y cctes. Código
Civil.
Que, el inmueble será utilizado para el funcionamiento de la "Sala para el
Aprovechamiento Comercial de Carne de Herbívoros Silvestres Exóticos", exclusivamente en los
términos establecidos en el marco del proyecto COOPERATIVO.-
Que, la duración del convenio se pacta en diez (10) años a partir de la firma del
comodato.-
Que, el convenio en cuestión se rige por el Artículo 57, Inc. k) y el Artículos 68 Inc. c);
ambos de y la Carta Orgánica Municipal, por lo que se debe procederse con doble lectura,
requiriéndose en ambas la aprobación por el voto de los dos tercios (2/3) del total de los
miembros del Cuerpo (Art. 127 Inc. b) de la C.O.M.).-
Que, conforme lo normado en el Artículo 68, Inc. c) de la Carta Orgánica Municipal, el
presente proyecto de ordenanza, se aprobó por unanimidad en primera lectura en la Sesión
Ordinaria de fecha 04/03/2015; se trató en Audiencia Pública el día 11/03/2015, y se aprobó por
unanimidad en segunda lectura en Sesión Ordinaria de fecha 11/03/2015.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Comodato de la “Sala para el
Aprovechamiento Comercial de Carne de Herbívoros Silvestres Exóticos”,
firmado en el mes de Enero de 2015, entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la
Cooperativa de Producción y Comercialización “Manos Patagónicas LTD”, matrícula en trámite
bajo Expte. N° 5730004825/2014, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO: 2º: DETERMÍNASE: hasta el 30 de Noviembre de 2015 como plazo máximo
para que la Cooperativa de Producción y Comercialización “Manos
Patagónicas LTD” (matrícula en tramite), presente ante el Concejo Deliberante la matrícula
debidamente cumplimentada y registrada ante los organismos competentes. Caso contrario
caducará automáticamente la aprobación del convenio citado en el Artículo anterior.-
ARTÍCULO 3º: Conforme lo normado en el Artículo 68, Inc. c) de la Carta Orgánica Municipal,
se materializó la primera lectura en la Sesión Ordinaria de fecha 04/03/2015; la
Audiencia Pública para el día 11/03/2015, a las 18:30 horas en la Sala de Sesiones General José
de San Martín; y la segunda lectura en la Sesión Ordinaria de fecha 11/03/2015.-
ARTÍCULO 4º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la Cooperativa
interesada.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN SEGUNDA LECTURA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN
MARTIN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.775/15.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C PRESIDENCIA