ORDENANZA Nº 2792/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2792/2018
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9606/18 de fecha 25/04/2018 iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal, el cual contiene Convenio Específico de Comisión de Estudios entre la Sede
Andina de la Universidad Nacional de Río Negro y la Municipalidad de Junin de los Andes, y;
CONSIDERANDO
Que, los objetivos del citado Convenio son:
PRIMERA: En función de aprovechar el potencial técnico y académico de cada una de las partes
y de formar recursos humanos, se acuerda instrumentar un sistema de Comisión de Estudios,
entendiéndose como tal a la realización, por parte de los alumnos de las Carreras que posee la
UNRN en todas sus sedes, de las actividades prácticas relacionadas con su formación estipuladas
en el plan de estudios como Práctica Laboral o Profesional y otras que pudieran surgir como parte
de demandas específicas.-
SEGUNDA: Sistematizar y fomentar experiencia que permitan contribuir a una mejor
apropiación de conocimientos, complementando los conocimientos teóricos y prácticos con los
adquiridos durante el cursado de las diversas materias, con las necesidades reales del medio,
posibilitando desarrollar las capacidades de análisis, crítica e inserción en la sociedad.-
Que, las Comisiones de Estudio se realizarán en los lugares que designe la
Municipalidad de Junín de los Andes en cada caso, según las características propias de la misma.-
Que, el plazo de vigencia del convenio será de dos (2) años, pudiendo ser prorrogado
por un término igual mediante acuerdo de las partes y previa evaluación de los resultados
obtenidos.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La Municipalidad
de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental en el proceso de
apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas.
Realizará e impulsará las acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a
recibir una educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de
oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-
Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia
provincial y garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir opinión sobre
las necesidades educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas infraestructura,
equipamiento, planes y modalidades, que cumplan con los preceptos constitucionales y afiancen el
arraigo”.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,
en su Artículo 57, Inc., “t”, resuelve sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha
03/05/2018, ratificar el Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 2792/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio Específico de Comisión de Estudios entre la
Sede Andina de la Universidad Nacional de Río Negro, representada por su
Vicerrector Lic. Roberto Kozulj, con domicilio en la calle Mitre Nº 630 de la ciudad de
Bariloche, Provincia de Río Negro, y la Municipalidad de Junin de los Andes, representada por el
Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini, con domicilio en Ginés Ponte Nº 504, Junín de
los Andes, Provincia del Neuquén, el cual consta de veintiocho (28) Cláusulas y corre agregado a
la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente a la
Universidad Nacional de Río Negro, Sede Andina.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1954/18.-
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA