2154 - 12 Adherir Decreto 1011-12 Convenio Colaboración Mutua Emergencia Provincial Invasión Didymosphenia geminata.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2154/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2154/2012



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 6264/12 de fecha 29/08/2012 que contiene Nota Nº 375/12 del


Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite copia del Decreto Nº


1011/12 y Convenio de Colaboración Mutua, celebrado entre el Estado Provincial del


Neuquén, Sub-Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dependiente del Ministerio de


Energía, Ambiente y Servicios Públicos, Técnico y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO




Que, a través del Decreto Provincial de referencia, se declara la Emergencia


Provincial por la invasión del Alga Didymosphenia Geminata, considerada plaga,


hidrobiológica, a nivel mundial.-




Que, la Cláusula Primera establece que las partes entienden que de producirse la


propagación de esta especie impactaría directamente en las economías regionales y nacionales


afectando el turismo y todos los productos asociados a los recursos hidrópicos en forma


directa e indirecta, así como también podrían verse afectadas las captaciones de agua para


distintos usos ya que la misma exhiben un comportamiento invasivo a escala global.-




Que, la Cláusula Segunda expresa que las partes entienden que deben estrechar


vínculos y aunar esfuerzos, trabajando coordinadamente y adoptando las medidas para evitar


la proliferación y/o propagación de esta especie sobre los ecosistemas acuáticos.-




Que, la Cláusula Tercera establece que se acuerdan líneas de acción y


responsabilidades de ejecución de tareas según el siguiente esquema: 1) Monitoreos de


Control de los Ríos, coordinados y ejecutados por la Dirección Provincial de Recursos


Hídricos con participación de la Dirección General de Biología Acuática dependiente de la


Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Centro de Ecología Aplicada del


Neuquén, con logística suministrada por la Dirección General de los Recursos Faunísticos,


ambos dependientes del Ministerio de Desarrollo Territorial; 2) Implementación de puestos de


desinfección obligatoria, tarea asumida en conjunto por los Municipios, el CIPPA, y la


subsecretaría de turismo, ambos dependientes del Ministerio de Desarrollo Territorial; 3)


elaboración de material de difusión y concientización de la problemática, (folletería, spot


publicitarios, cartelería entre otros), tarea asumida en forma conjunta entre la Subsecretaría de


Turismo y la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible.-




Que, la Cláusula Cuarta establece que el municipio se compromete a llevar a cabo las


tareas de desinfección y control en el puesto del Río Chimehuín y a seguir las pautas


establecidas para la desinfección indicadas en el manual de procedimientos.-




Que, la Cláusula Quinta establece que el Estado Provincial se compromete a


transferir un aporte total de $ 44.000 (Pesos Cuarenta y Cuatro Mil), en dos cuotas iguales,


bimestrales y consecutivas de $ 22.000 (Pesos Veintidós Mil) cada una destinadas a


complementar el financiamiento de los gastos derivados de la implementación y puesta en


marcha de las tareas de desinfección y control en los puestos determinados por las partes a tal


efecto, para los meses de Marzo a Junio de 2012.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2154/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo 57, Inc., “t”, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 12/09/2012,


ratificar dicho Convenio y adherir al Decreto Provincial Nº 1011/12, con el dictado de la


norma legal respectiva.-




Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE al Decreto Nº 1011/12 emitido por el Poder Ejecutivo de la


Provincia del Neuquén en fecha 24/05/2012, el cual integra la presente como


Anexo I.-



ARTÍCULO 2º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Colaboración Mutua en el marco de la


Emergencia Provincial Invasión de la Didymosphenia geminata, Decreto Nº


1011/12, celebrado en fecha 22 de Junio de 2012, entre el Estado Provincial del Neuquén,


representado por la Subsecretaria de Ambiente y Desarrollo Sostenible dependiente del


Ministerio de Energía, Ambiente y Servicios Públicos y la Municipalidad de Junín de los


Andes, representada por el Intendente Municipal, el cual consta de Nueve (09) Cláusulas, e


integra la presente como Anexo II.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio, envíese copia de la presente a la Subsecretaría de Ambiente y


Desarrollo Sostenible dependiente del Ministerio de Energía, Ambiente y Servicios Públicos


de la Provincia del Neuquén.-




ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.633/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES