2237 - 13 Derogar total Ordenanza Nº 1718-09. Nuevo valor de la tierra en el Parque Industrial.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2237/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2237/2013



VISTO:
La Ordenanza Nº 1718/2009 de fecha 29 de Abril de 2009, mediante la cual se fija


el valor de la tierra en el Parque Industria, el Despacho Nº 008/13 de la Comisión


Interna de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial del Concejo Deliberante, y la Nota


Nº 070/2013 del Ejecutivo Municipal, que conforman el Expte del D.E.M. 278/13 y;




CONSIDERANDO:




Que, según lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 190,


Titulo DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMICO, Capítulo VI Actividades


Industriales y Comerciales, Parque Industrial y el Artículo Nº 219, en el Título RECURSOS


MUNICIPALES, PRESUPUESTO Y REGIMEN CONTABLE, Capítulo I, RECURSOS


MUNICIPALES.-




Que, conforme a lo trabajado en la Comisión Interna de Promoción del Empleo y


Desarrollo Territorial se considera necesario aumentar los valores de los lotes, dado que estos


se encuentran por debajo de la cotización actual y que desde la sanción de la Ordenanza Nº


1718/2009 no han sido actualizados.-




Que, por lo expuesto es necesario generar una suba de valores acorde a los años


transcurridos sin modificaciones.-




Que, el incremento es sobre todos los terrenos pendientes a la venta y de aquellos


que se encuentran en la Instancia Judicial, con la posibilidad de ser recuperados a nombre del


municipio.-




Que, los actuales valores favorecen especulaciones inmobiliarias, desdibujando la


figura del parque industrial y el desarrollo del mismo.-




Que, atento al Despacho Nº 026/13 fecha 08/04/2013 de la Comisión Interna de


Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial del Concejo Deliberante, aprobado por


unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 10/04/2013, se dictamina aprobar la modificación


del valor de la tierra en el parque industrial, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIOA LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2237/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DERÓGASE: en todos sus términos la Ordenanza 1718/2009 con fecha 29


de Abril de 2009.-




ARTÍCULO 2º: FIJASE: el VALOR DE LA TIERRA en el Parque Industrial de Junín de


los Andes, conforme el siguiente detalle: Por los Lotes remanentes de las


Manzanas 84-85-88-90-91-92-93-94-96 en PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150,00) por


metro cuadrado (m²). Por los lotes remanentes de las Manzanas 86 – Chacra 22 y Chacra 23 se


fija un valor de PESOS DOSIENTOS CIENCUENTA ($ 250,00) por metro cuadrado (m²).-




ARTÍCULO 3º: APLÍQUESE: El Artículo 2º de la presente Ordenanza, a todos aquellos


terrenos que sean recuperados por parte del Municipio y a futuros lotes a


adquirir para el Parque Industrial.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos. Promulgada, envíese copia a las Secretarías Municipales que


correspondan.-


ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO


DOS MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1663/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIOA LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES