Ordenanza N° 1138 Ratifíquese convenio entre la Municipalidad y el Ministerio de producción y turismo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1138/04


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1138/2004



VISTO: El Expte. C.D. Nº 2841/04 de fecha 25/02/2004 que contiene Convenio Marco


Ampliación del Casco Urbano de Junín de los Andes, cruzando la margen Este del


Río Chimehuín, celebrado en fecha 14 de Febrero de 2004 entre la Municipalidad de Junín de


los Andes y el Ministerio de Producción y Turismo de la Provincia del Neuquén, y;


CONSIDERANDO:


Que, el mismo se origina ante el interés manifestado por las Autoridades de la


Municipalidad de Junín de los Andes, para llevar adelante acciones en forma conjunta, que


permitan la promoción de actividades económicas, con el objeto de generar un área residencial


de servicios turísticos que permita a la localidad, insertarse plenamente en el Plan Productivo


Provincial con sus productos: Pesca, Caza, Aventura y Nieve.-


Que, mediante el Convenio citado la Provincia, asistirá al Municipio en todos los


aspectos técnicos de evaluación de proyectos que permitan concretar, el desarrollo turístico de


la localidad con la incorporación de nuevas tierras al radio urbano que solucionan las


dificultades de expansión.-


Que, la Provincia buscará los inversores nacionales e internacionales para apuntalar


la ampliación de la infraestructura hotelera de la localidad, estimulando la radicación de


hoteles de nivel Internacional.-


Que, el Municipio destacará un equipo específico dedicado a la concreción del


proyecto mencionado que mantendrá estrecha coordinación con la Provincia.-


Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57, Inc “t”, de


la Carta Orgánica Municipal, y lo expresado en Despacho Nº 034/04 de la Comisión de


Gobierno, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 05/03/2004, resuelve por unanimidad


ratificar el Convenio en cuestión; dejándose establecido que a las Comisiones de Trabajo


originadas en el marco este Convenio, además de los técnicos y profesionales, se integre un


representante por cada Bloque del Concejo Deliberante.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio celebrado en fecha 14 de Febrero de 2004,


entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr.


Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, y la Provincia del Neuquén, representada por el


Sr. Ministro de Producción y Turismo, Ing. Marcelo Fernández Dotzel, el cual consta de tres


(03) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE que a las Comisiones de Trabajo originadas en el marco


del citado Convenio, además de los técnicos y profesionales, se integre un


representante por cada Bloque del Concejo Deliberante.-




ARTÍCULO 3º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al Ministerio de Producción y turismo


de la Provincia del Neuquén, y a las Secretarías Municipales que correspondan, para su
conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 4º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1138/04


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal


Humberto Fabián E. Bosque.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1159/04.-




Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE