2315 - 13 Ratificación Convenio Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2315/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2315/2013



VISTO: La Nota Nº 373/13 de la Intendencia Municipal, por la cual se remite Convenio


Específico del Programa Federal de Integración Socio-comunitarias – Mejoramiento del


Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura y Complementarias”, suscripto con la Sub-Secretaría de


Desarrollo Urbano y Vivienda – Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación


Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, dando origen al Expte. C.D. Nº 6865/13, y;




CONSIDERANDO:

Que, el Municipio suscribió el citado Convenio con el objetivo de la ejecución de 3.000


metros lineales de veredas y 3.000 metros cuadrados de pavimento intertrabado, a realizarse en la


localidad de Junín de los Andes de la Provincia del Neuquén, en adelante “La Obra”.-


Que, para el cumplimiento del Convenio la Sub-Secretaría financiará el costo de los


materiales, la mano de obra y gastos para la ejecución de “La Obra” y asimismo otorgará un


subsidio para la compra de equipos, herramientas, útiles de trabajo y libros contables.-


Que, la Sub-Secretaría procederá a efectivizar los desembolsos, conforme a lo


establecido en el Cronograma de Desembolsos que, como Anexo II, forma parte integrante del


presente convenio, una vez que “La Municipalidad” garantice la ejecución, en tiempo y en forma,


de las obras complementarias necesarias para la correcta ejecución y finalización de las mismas.-


Que, “La Municipalidad” tendrá a su cargo crear mediante el acto administrativo


pertinente una Unidad Ejecutora Municipal, integrada por un representante Técnico, un


representante contable y un representante social.-


Que, “La Municipalidad” deberá proceder a firmar los respectivos Contratos con las


Cooperativas, e iniciar las obras con sus correspondientes Actas de Inicio, en un plazo no mayor


de Sesenta (60) días contados a partir de la fecha de recepción del primer desembolso.-


Que, “La Sub-Secretaría” gestionará los desembolsos correspondientes por anticipado.


Una vez aprobados los certificados de obra se procederá a efectuar las liquidaciones que


correspondan, conforme el Cronograma de Desembolso acordado para la obra.-


Que, “La Municipalidad” procederá al cierre físico y financiero de cada obra, una vez


realizada la rendición de cuenta final correspondiente. A tal efecto se adjuntará el Certificado de


Avance Físico y Financiero, en carácter de declaración jurada, al ciento por ciento (100%) y copia


autenticada del Acta de Recepción Provisorio de la Obra; acreditando la terminación de la misma


en tiempo y forma.-


Que, “La Municipalidad” se compromete a cooperar activamente con la tarea del


Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, en cuanto a la fiscalización del


cumplimiento de la legislación laboral y de la seguridad social y de la verificación de las


condiciones de seguridad e higiene, facilitando el ingreso a las obras, a la documentación y las


Cooperativas en relación con estos temas.-


Que, como parte del Convenio constan los Anexos que a continuación se detallan:


Anexo I Detalles de las obras, Anexo II Cronograma de desembolsos, Anexo III Reglamento


general para la rendición de cuentas de fondos presupuestarios transferidos a provincias,


municipios y/u otros entes, Anexo IV Planilla de rendición y certificado mensual, Anexo V


Planilla de rendición final de cuenta y Anexo VI Cartel de obra.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2315/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en el Anexo I Detalles de las Obras: consta que “La Subsecretaría”, financiará un


monto total de Pesos Un Millón Ochocientos Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Noventa y Tres


($ 1.854.993) de acuerdo al siguiente detalle:


I. Construcción de mejoramientos del Hábitat Urbano: Pesos Un Millón Ochocientos
Veintiocho Mil Novecientos Noventa y Tres ($ 1.828.993).-


II. Subsidio para compra de equipos, herramientas, útiles de trabajo y libros contables: Pesos
Veinte Mil ($ 20.000).-


III. Cartel de Obra: Pesos Seis Mil ($ 6.000).-


Que, este Concejo Deliberante a través del Despacho Nº 0189/13 de la Comisión Interna


de Obras y Servicios Públicos, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 06/11/2013,


conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, Inc. “t”, resuelve por


unanimidad aprobar el Convenio, con el dictado de la norma legal pertinente.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en la Ciudad de Buenos Aires en


fecha 05 de Septiembre de 2013 entre la SUBSECRETARÍA DE


DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS


PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INVERSIÓN PÚBLICA Y


SERVICIOS DE LA NACIÓN, representada por el Señor Subsecretario Arquitecto Germán


Nivello, y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Sr.


Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares, en el marco del “PROGRAMA FEDERAL DE


INTEGRACIÓN SOCIOCOMUNITARIA”, el cual integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Ministerio de


Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS SEÍS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.701/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA