3480 -23 Revocar Ordenanza Nº 2871-18 Escuela de la Estepa.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3480/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3480/2023


VISTO: El Expte. C.D. Nº 10891/2021 y la Ordenanza Nº 2871/2018, sancionada en fecha


28/11/2018 y promulgada mediante Decreto N° 471 de fecha 05/12/2018, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante Ordenanza N° 2.871/2018, se aprueba la cesión con cargo del


inmueble para la construcción y funcionamiento de un Establecimiento Educativo, a la


Asociación Civil denominada Escuela la Estepa; en una fracción de terreno ubicado en Barrio


Jardines del Chimehuín.-




Que, en la misma normativa se establece que la cesión con cargo del inmueble será


destinado exclusivamente a la construcción y funcionamiento de un Establecimiento


Educativo de la Asociación Civil denominada Escuela la Estepa; la misma tendrá un plazo


máximo de cuarenta y ocho (48) meses de promulgada esta ordenanza, para concretar el


proyecto presentado logrando así la ejecución del edificio.-




Que, ante la falta observable de obra en ejecución del Establecimiento Educativo y


los plazos a punto de vencer, este Concejo Deliberante requirió a la Asociación Civil “Escuela


la Estepa” el efectivo cumplimiento a lo establecido en la cesión con cargo.




Que, dicha Asociación Civil (directivos y padres), expone las justificaciones al caso,


las que, analizadas por el Poder Legislativo, y el deber de garantizar el cumplimiento de los


derechos a la educación como así también concertar, coordinar y colaborar activamente con


las acciones educativas “se otorga, por única vez, una prórroga de nueve (9) meses, contados


desde el 05 de diciembre del año 2022 y finalizando, indefectiblemente, el 05 de septiembre


del año 2023 (Ordenanza N° 3339/2022).-




Que, a la fecha, el inmueble cedido continua sin la ejecución del edificio proyectado,


los plazos de la prorroga vencidos y no ha ingresado documentación de situación actual.




Que, el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 2871/2018, establece que, el no cumplimiento


de alguna de las etapas descriptas, será causal de revocación de la cesión con cargo del


inmueble otorgado y en caso de disentimiento y/o inejecución del proyecto por parte de las


Autoridades de la Asociación Civil denominada Escuela de la Estepa la Municipalidad estará


facultada a recuperar la posesión del inmueble y sus mejoras, y automáticamente volverá a


formar parte del Patrimonio Municipal.-













MARÍA LAURA CAÑICUL MIGUEL ÁNGEL LEDESMA


SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3480/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 08/11/2023, conforme al


Despacho Nº 71bis/23 de la Comisión Interna de Gobierno y Acción Social, dispuso por


unanimidad dar curso favorable a lo peticionado, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1°: SE REVOCA: La DONACIÓN CON CARGO, a la Asociación Civil


denominada Escuela la Estepa, la que fuera destinada para la construcción de


un Establecimiento Educativo, cedido mediante Ordenanza N° 2871/2018 y promulgada


mediante Decreto N° 471 de fecha 05/12/2018, fundada en la falta de cumplimiento de la


obligación impuesta (cargo), según consta documentada en Expediente N° 10.891/2021.-




ARTICULO 2º: Comuníquese: al Departamento Ejecutivo Municipal. Una vez promulgada,


por su intermedio, notifíquese áreas pertinentes y a la Asociación Civil


Escuela La Estepa.-




DADA EN SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2237/23.-













MARÍA LAURA CAÑICUL MIGUEL ÁNGEL LEDESMA


SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA