2555 - 15 Ratificación Convenio Centro Integral San Ignacio uso Planta Integral de Faena.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2555/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1



O R D E N A N Z A Nº 2555/2015



VISTO:
La Nota Nº 020/2015 de fecha 21/12/2012 firmada por el Sr. Intendente Municipal,


Carlos A. Corazini, mediante el cual remite Convenio celebrado entre el Centro


Integral San Ignacio, y la Municipalidad de Junín de los Andes, registrado bajo el Expte. C.D.


Nº 8267/15 de fecha 22/12/2015, y;


CONSIDERANDO


Que, la Municipalidad y el Centro acuerdan: el inicio de la faena para Ganado Menor


en las dependencias de la instalaciones del CEI San Ignacio dejando aclarado que las mismas


corresponden a la faena de animales CAPRINOS y OVINOS las que se llevará cabo los días


22, 23, 29 y 30 de Diciembre de 2015, exclusivamente, no generando compromiso a futuro.-


Que, el establecimiento de faena responde a las necesidades de la comunidad de


Junín de los Andes y de la región, donde se asistirá logísticamente a los habitantes de la


localidad y zonas aledañas (Comunidades Mapuches), hasta que se termine la construcción de


una planta procesadora de alimentos, PLANTA INTEGRAL DE FAENA OVINOS,


CERDOS, CAPRINOS Y CIERVOS. Con la construcción de esta planta integral de alimentos


(faena) se brindará un beneficio para todos los productores ganaderos de la Región Centro Sur


de la Provincia, contribuyendo directamente al acrecentamiento, tanto en volumen como en


calidad, del desarrollo productivo de este sector económico de la zona sur y al crecimiento


socio – económico en general.-


Que, en el establecimiento de Faena “Centro de Educación Integral” San Ignacio para


ganado menor, se tendrán en cuenta las condiciones para la preservación del medio ambiente;


sistema de efluentes y afluentes a utilizar, adecuando las cámaras para desagües no grasos y agua


de lavado de salas, todo en acuerdo a reglamentaciones y disposiciones vigentes, y todo otro


elemento y/o mejora a considerar por el C.I.P.P.A. (control de ingreso provincial de productos


alimentarios). Es exclusiva responsabilidad de la Municipalidad, que los animales a faenar (los


cuales no deberán superar por razones de capacidad de infraestructura, el número de 80 animales


diarios), provengan de majadas con certificado de vacunación triple o cuádruple, y desparasitación


con 60 días ante de faena. El Centro de Educación San Ignacio, dependiente de Fundación


Cruzada Patagónica, se deslinda de cualquier irregularidad en este aspecto, asumiendo l


responsabilidad la Municipalidad de Junín de los Andes. La Cruzada patagónica informa a la


Municipalidad de Junín de los Andes que el horario de uso del establecimiento en los días


afectados al programa de faena 2015 serán de 08:00 a.m. a 20:00 p.m.-


Que, como contraprestación al uso de las instalaciones del CEI San Ignacio, la


Municipalidad de Junín de los Andes hace entrega de $ 15.000,00 (Pesos quince mil),


pagaderos en 2 (dos) libramientos, uno para el día 30/12/2015 y el segundo para el día


18/01/2016 a nombre de la Fundación Cruzada Patagónica, para que esta institución pueda


adquirir un clorinador e insectocutores y poder costear los gastos que surjan en el área de


faena durante los días 22, 23, 29 y 30 de diciembre del corriente año. Además la


Municipalidad se compromete a colaborar con 12 hs. máquina y camión volcador entre los


meses de febrero y marzo de 2016 para ser destinados a la limpieza del depósito al aire libre


del CEI.-




















MARÍA LAURA CAÑICUL IGNACIO ENRIQUE FLORES
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2555/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2


Que, la Municipalidad realizará la inspección de ganglios y vísceras para la faena de


cada animal caprino u ovino. Para lo cual contratará a los médicos veterinarios Monzón, Luís


María, Mat., Prov. Nº 082, D.N.I. Nº 13.849.553 y Molinari Leonardo, Mat. Prov. Nº 326,


D.N.I. Nº 21.831.741, los cuales realizarán la Dirección Técnica adecuada.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso por


sobre tablas y por unanimidad en Sesión Extraordinaria de fecha 23/12/2015, ratificar el citado


Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre la Municipalidad de Junín


de los Andes, con domicilio en Ginés Ponte y Don Bosco, representada por


el Intendente Municipal Sr. Carlos A. Corazini y el Secretario de Gobierno Sr. Sergio


Alexandre Farrobo, en adelante la Municipalidad, y el Centro de Educación Integral (CEI) San


Ignacio, con domicilio en Ruta Provincial Nº 61, representado por la Sra. Directora de la


Escuela Silvia Scheel, en adelante “El Centro”, el cual consta de once (11) Cláusulas e integra


la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Fundación


Cruzada Patagónica – Centro de Educación Integral San Ignacio.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.829/15.-
















MARÍA LAURA CAÑICUL IGNACIO ENRIQUE FLORES
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES