Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2139/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2139/2012
VISTO: El Expte. C.D. Nº 6209/12 de fecha 0608/2012 iniciado por Nota Nº 333/12 de
fecha 06/08/2012 de la Intendencia Municipal, mediante la cual remite Resoluciones
Nº 793/12 y Nº 809/12 de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, de fechas
24/07/2012 y 27/07/2012, respectivamente, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución S.G. Nº 793/12, se cede sin cargo al Municipio de Junín de los
Andes, Provincia del Neuquén, un bien alcanzado por lo previsto en la Disposición Nº 144/12
AD RIOG de fecha 28 de Marzo de 2012, dictada por la Aduana de Río Grande, que
comprende una camioneta nueva sin uso, marca MITSUBISHI, modelo L200 Sportero DID,
doble cabina, con motor de 2477 cm3, año de fabricación 2009, chasis Nº
MMBJRKB808D055467, motor Nº 4M41UCAK4595, la que como Anexo forma parte
integrante de la misma.-
Que, mediante Resolución S.G. Nº 809/12, se cede sin cargo al Municipio de Junín
de los Andes, Provincia del Neuquén en los términos de los Artículos 4º y 5º de la Ley 25.603,
los bienes comprendidos en el “Anexo A” correspondiente a la Disposición Nº 53/12 AD
SMAN dictada por la Aduana de San Martín de los Andes, la que como Anexo firma parte
integrante de la misma.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, Inc. j), establece que es atribución
del Concejo Deliberante: “Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones,
aceptar o repudiar donaciones y legados con cargo y a enajenar bienes del dominio privado
municipal o la constitución de gravámenes sobre ellos”.-
Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de Agosto de 2012,
resuelve sobre tablas y por unanimidad aceptar la donación de los elementos mencionados,
con el dictado de la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2139/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE: la donación efectuada por mediante Resolución Nº 809/12 de
fecha 27 de Julio de 2012 de la Secretaría General de la Presidencia de la
Nación, se cede sin cargo al Municipio de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén en los
términos de los Artículos 4º y 5º de la Ley 25.603, los bienes comprendidos en el “Anexo A”
correspondiente a la Disposición Nº 053/12 (AD SMAN) dictada por la Administración de
Aduana de San Martín de los Andes, el cual es parte integrante de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: ACÉPTASE: la donación efectuada por Resolución S.G. Nº 793/12 de fecha
27 de Julio de 2012 de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación,
se cede sin cargo al Municipio de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, un bien
alcanzado por lo previsto en la Disposición Nº 144/12 AD RIOG de fecha 28 de Marzo de
2012, dictada por la Aduana de Río Grande, que comprende una camioneta nueva sin uso,
marca MITSUBISHI, modelo L200 Sportero DID, doble cabina, con motor de 2477 cm3, año
de fabricación 2009, chasis Nº MMBJRKB808D055467, motor Nº 4M41UCAK4595.-
ARTÍCULO 3º: DESÍGNASE al Sr. Intendente Municipal, para efectuar la tramitación y
firma de toda la documentación correspondiente ante el Registro Nacional de
la Propiedad del Automotor a nombre de la Municipalidad de Junín de los Andes que
corresponda al rodado descripto en el Artículo 2º de la presente.-
ARTÍCULO 4º: ESTABLÉCESE: que una vez realizada la transferencia de dominio de
donación de las unidades mencionadas, se incorporen las mismas al
Patrimonio Municipal y se incluyan en inventario municipal.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Secretaría General de la
Presidencia de la Nación.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1628/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA