2139 - 12 Aceptación donación camioneta mitsubishi y varios.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2139/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2139/2012




VISTO: El Expte. C.D. Nº 6209/12 de fecha 0608/2012 iniciado por Nota Nº 333/12 de


fecha 06/08/2012 de la Intendencia Municipal, mediante la cual remite Resoluciones


Nº 793/12 y Nº 809/12 de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, de fechas


24/07/2012 y 27/07/2012, respectivamente, y;




CONSIDERANDO:




Que, por Resolución S.G. Nº 793/12, se cede sin cargo al Municipio de Junín de los


Andes, Provincia del Neuquén, un bien alcanzado por lo previsto en la Disposición Nº 144/12


AD RIOG de fecha 28 de Marzo de 2012, dictada por la Aduana de Río Grande, que


comprende una camioneta nueva sin uso, marca MITSUBISHI, modelo L200 Sportero DID,


doble cabina, con motor de 2477 cm3, año de fabricación 2009, chasis Nº


MMBJRKB808D055467, motor Nº 4M41UCAK4595, la que como Anexo forma parte


integrante de la misma.-




Que, mediante Resolución S.G. Nº 809/12, se cede sin cargo al Municipio de Junín


de los Andes, Provincia del Neuquén en los términos de los Artículos 4º y 5º de la Ley 25.603,


los bienes comprendidos en el “Anexo A” correspondiente a la Disposición Nº 53/12 AD


SMAN dictada por la Aduana de San Martín de los Andes, la que como Anexo firma parte


integrante de la misma.-




Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, Inc. j), establece que es atribución


del Concejo Deliberante: “Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones,


aceptar o repudiar donaciones y legados con cargo y a enajenar bienes del dominio privado


municipal o la constitución de gravámenes sobre ellos”.-




Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Extraordinaria de fecha 09 de Agosto de 2012,


resuelve sobre tablas y por unanimidad aceptar la donación de los elementos mencionados,


con el dictado de la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2139/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE: la donación efectuada por mediante Resolución Nº 809/12 de


fecha 27 de Julio de 2012 de la Secretaría General de la Presidencia de la


Nación, se cede sin cargo al Municipio de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén en los


términos de los Artículos 4º y 5º de la Ley 25.603, los bienes comprendidos en el “Anexo A”


correspondiente a la Disposición Nº 053/12 (AD SMAN) dictada por la Administración de


Aduana de San Martín de los Andes, el cual es parte integrante de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: ACÉPTASE: la donación efectuada por Resolución S.G. Nº 793/12 de fecha


27 de Julio de 2012 de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación,


se cede sin cargo al Municipio de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, un bien


alcanzado por lo previsto en la Disposición Nº 144/12 AD RIOG de fecha 28 de Marzo de


2012, dictada por la Aduana de Río Grande, que comprende una camioneta nueva sin uso,


marca MITSUBISHI, modelo L200 Sportero DID, doble cabina, con motor de 2477 cm3, año


de fabricación 2009, chasis Nº MMBJRKB808D055467, motor Nº 4M41UCAK4595.-




ARTÍCULO 3º: DESÍGNASE al Sr. Intendente Municipal, para efectuar la tramitación y


firma de toda la documentación correspondiente ante el Registro Nacional de


la Propiedad del Automotor a nombre de la Municipalidad de Junín de los Andes que


corresponda al rodado descripto en el Artículo 2º de la presente.-




ARTÍCULO 4º: ESTABLÉCESE: que una vez realizada la transferencia de dominio de


donación de las unidades mencionadas, se incorporen las mismas al


Patrimonio Municipal y se incluyan en inventario municipal.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Secretaría General de la


Presidencia de la Nación.-




ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL


DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1628/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA