Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1021/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1021/2002
VISTO: La Nota Nº 523/02 de fecha 06/11/2002 de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente Municipal, mediante la cual se
remite Convenio firmado en fecha 01/11/2002 entre la Dirección Provincial de Vialidad y la
Municipalidad de Junín de los Andes , y;
CONSIDERANDO:
Que, a través el mismo la “Dirección” delega dentro del Decreto Nº 1249/93 a “La
Municipalidad” y ésta acepta la ejecución de la Obra: PAVIMENTO HORMIGÓN SIMPLE
TERMINACIÓN 3ª ETAPA – CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES con Presupuesto
Oficial de $ 150.000,00.-
Que, se fija un plazo neto de ejecución de los trabajos de sesenta (60) días a partir de
la fecha de la firma del ACTA DE REPLANTEO de inicio de los trabajos.-
Que, asimismo se remite Acta de fecha 19 de octubre de 2002 firmada entre este
Municipio y las Empresas de Construcción de localidad, donde se acordó la distribución de las
obras que se realizarán a través del Municipio, siempre priorizando la ejecución de las mismas
a través del empresariado local, después de un intercambio de opiniones de común acuerdo,
donde se resolvió lo siguiente:
Los trabajos se realizarán utilizando mano de obra local y del grupo de desocupados y
respetando el precio oficia y se confeccionará convenio en particular por cada empresa con
determinadas condiciones.-
Las empresas colaborarán entre sí para la ejecución de las distintas obras.-
Solicitar al Concejo Deliberante la contratación directa de las obras a fin de agilizar el inicio
de los trabajos y en especial lo que se refiere a cordón cuneta y pavimento urbano, que se
realizan por convenio con la Dirección de Vialidad Provincial y se debe finalizar a fines de
este ejercicio, dado que por licitación llevaría mayor tiempo y se podría cumplir con los plazos
previstos.-
Que, conforme consta en el punto 3) del acta referenciada la Empresa UTE de
Ricardo Pettorossi propone la realización de la Obra “Pavimento Urbano rígido y Cordón
Cuneta” .-
Que, según se enuncia en la Nota Nº 523/02 de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente la fecha de inicio y el Acta de Replanteo, fue
establecida para el 13 de Noviembre del 2002.-
Que, por Ordenanza Nº 1017/2002 esta Cuerpo Deliberativo ha ratificado la firma
del Convenio Nº 759/02 celebrado en fecha 17 de Octubre de 2002, entre la Dirección
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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Provincial de Vialidad de la Provincia del Neuquén, y la Municipalidad de Junín de los Andes,
para el suministro de productos fabricados por la Empresa Loma Negra C.I.A.S.A. en el marco
del Convenio General Nº 2093/91 celebrado entre ésa Firma y la Dirección Provincial de
Vialidad, que otorga descuentos sobre los precios de lista de dichos productos.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 06/11/2002, resolvió por
unanimidad, lo siguiente: 1º) Ratificar el Convenio firmado en fecha 01/11/2002 entre la
Dirección Provincial de Vialidad y la Municipalidad de Junín de los Andes. 2º) Ratificar el
Acta de fecha 19 de octubre de 2002 firmada entre este Municipio y las Empresas de
Construcción de localidad; y 3º) Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal la
contratación forma directa a la Empresa UTE propiedad del Sr. Ricardo Pettorossi par la Obra:
“Pavimento Urbano rígido y Cordón Cuneta” .-
Que, en consecuencia se debe dictar la normativa respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFICASE conforme lo enunciado en el Artículo Nº 57 de la Carta
Orgánica Municipal, Inc. t) la firma del Convenio firmado en fecha
01/11/2002 entre la Dirección Provincial de Vialidad y la Municipalidad de Junín de los
Andes, mediante el cual la “Dirección” delega dentro del Decreto Nº 1249/93 a “La
Municipalidad” y ésta acepta la ejecución de la Obra: PAVIMENTO HORMIGÓN SIMPLE
TERMINACIÓN 3ª ETAPA – CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES con Presupuesto
Oficial de $ 150.000,00.-
ARTÍCULO 2º: RATIFICASE el ACTA de fecha 19 de octubre de 2002 firmada entre este
Municipio y las Empresas de Construcción de localidad, donde se acordó la
distribución de las obras que se realizarán a través del Municipio.-
ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la
contratación directa a la Empresa UTE propiedad del Sr. Ricardo Pettorossi
para la ejecución de 5000 m² de Pavimento Urbano rígido a un valor de $ 30,00 por m²
incluyendo el cordón cuneta correspondiente a la totalidad de los m² de asfalto, con mano de
obra y materiales incluidos.- Debiendo el Ejecutivo Municipal suscribir convenio con dicha
Empresa ad-referéndum de la ratificación del Concejo Deliberante, mediante la respectiva
ordenanza.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ARTÍCULO 4º: DETERMINASE que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá enviar
en plazo perentorio a este Concejo Deliberante la siguiente documentación:
Memoria Descriptiva – Cómputos – Costos por Administración – Presupuesto – Plan de
Trabajos y Curva de Inversión –Planimetría de calles – Planimetría Generales –
Especificaciones Técnicas Particulares – Cláusulas Particulares.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
Promulgada remítase copia a la Dirección Provincial de Vialidad y
Secretaría de Economía y Hacienda.-
ARTÍCULO 6º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta
Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo A/C, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 8º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1100/02.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES