Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1145/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1145/2004
VISTO: El Expte. C.D. Nº 2776/03 de fecha 17/11/2003 iniciado por el Sr. Luis Oscar Díaz,
D.N.I. Nº 12.629.803, por “Patagonia Conejos”, mediante el cual solicita se evalúe la
posibilidad de desafectar una parcela en la zona cercana a las piletas de oxidación, según plano
adjunto, y;
CONSIDERANDO:
Que, dicho pedido surge por la necesidad de contar con un predio para llevar
adelante el Proyecto”Criadero de Conejos para carne”.-
Que, conforme se menciona en Acta Nº 007/03 de fecha 29/10/2003 de la reunión del
Consejo de Desarrollo Local se expresa que “El proyecto de cría de conejos del Sr. Díaz
tendrá prioridad de tratamiento por la línea del IADEP para el ejercicio venidero y que
en caso de que acceda a las tierras descriptas más arriba, se considerará la posibilidad de
financiar una parte del cercado perimetral y de la construcción de las instalaciones
destinadas al cuidado y siempre y cuando los montos solicitados no excedan los máximos
establecidos por la respectiva ordenanza”.-
Que, habiendo acuerdo para atender el pedido efectuado por parte de los integrantes
del Consejo de Desarrollo Local y del Concejo Deliberante en el mismo sentido, mediante
Nota Nº 1122/03 de fecha 02/12/2003 C.D.J.A. se remitió el Expte. referenciado a la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y por
intermedio del Departamento de Catastro Municipal, con el fin de que se eleve a este Cuerpo
Deliberativo detalle completo del terreno a ceder en comodato, para posterior redacción de la
norma respectiva.-
Que, por Nota Nº 049/04 de fecha 11/03/2004 de Intendencia Municipal, se remite en
devolución el Expte. C.D. Nº 2776/03, donde se expresa el visto bueno del Departamento
Ejecutivo Municipal, requiriendo la norma legal respectiva, a los fines propuestos para
formalizar mediante el acuerdo de las partes.- Asimismo señala que esto define la acción
proyectada en conjunto, impulsando una actividad no tradicional, que se enmarcaría en la
nueva visión de desarrollo y a la planificación de políticas fijadas por ésa Intendencia.-
Que, a Fs. 08 consta informe de fecha 29/01/2004 confeccionado por el Sr. Daniel
Alberto Odorisio, topógrafo Vial de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la
Municipalidad, de demarcación del predio dentro del Remanente de la Fracción 18 (13-RR-23-
6833) según Plano de Mensura 2756 – 6548/95 del Agrimensor Moure.-
Que, de la demarcación surge una paralela de 18,50 Mts. de frente y 416,20 Mts, de
fondo, totalizando una superficie de 7.699,70 metros cuadrados (m2), conforme Planos
obrante a Fs. 10 y 11 del citado Expte.-
Que, la demarcación detallada está sujeta a la medición realizada por el profesional a
contratar para amojonamiento y trámite de mensura ante Catastro de la Municipalidad de Junín
de los Andes.-
Que, en fecha 31/03/2004 se mantuvo una reunión con el Sr. Luis Díaz, el Sr.
Viceintendente Municipal, Don Carlos Corazini, el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos,
Don Julio Barría, y la Comisión de Obras y Servicios Públicos de este Legislativo, donde el
presentante expone sobre las características del emprendimiento.-
Que, en vista de todo lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
16/04/2004, resuelve por unanimidad otorgar la factibilidad a la solicitud de comodato del predio,
con el dictado de la norma respectiva, considerando limitaciones de la Carta Orgánica Municipal
en cuanto a diez (10) años como plazo máximo.-
Que, al efecto se debe dictar la norma legal respectiva.-
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1145/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULO 56º Y 57º , Inc.- “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA, SANCIONA
CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en Comodato
de Uso y por el término máximo de 10 (diez) años a partir de la firma del
correspondiente Convenio, una fracción de terreno de 18,50 Mts. de frente y 416,20 Mts, de
fondo, totalizando una superficie de 7.699,70 metros cuadrados (m2), ubicada dentro del
Remanente de la Fracción 18 (13-RR-23-6833) según Plano de Mensura 2756 – 6548/95 del
Agrimensor Moure, al Sr. Luis Oscar Díaz, D.N.I. Nº 12.629.803, para llevar adelante el
Proyecto”Criadero de Conejos para carne” y otros afines al Proyecto. Dejándose constancia
que la demarcación detallada está sujeta a la medición realizada por el profesional a contratar
por el Sr. Luís Díaz para amojonamiento y trámite de mensura ante Catastro de la
Municipalidad de Junín de los Andes, pudiendo variar sus lados en más o en menos metros
como así también la superficie.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE que los cinco primeros años del Comodato citado en el
Artículo 1º de la presente es de uso no oneroso; mientras que los cinco años
restantes del mismo serán de uso oneroso. En este último caso el monto a abonar por el Sr. Luís O.
Díaz se fijará una vez vencido el plazo de los primeros cincos años del Comodato en cuestión.
Haciendo expresa mención que lo fijado por Convenio resulta intransferible y no negociable por
cualquier título o modo de transmisión.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNGASE que el desistimiento, incumplimiento u omisión del
emprendimiento objeto del financiamiento y del Comodato por parte del
beneficiario dará derecho al recupero de la posesión de los inmuebles por parte del Municipio
en forma automática con todas las mejoras introducidas en ellos sin ningún tipo de
indemnización a favor del comodatario, con cargo a favor del beneficiario de los daños y
perjuicios que se ocasionaran; facultad esta que será de pleno derecho Municipal sin previa
interpelación judicial o extrajudicial alguna, previo informe del área responsable y competente
del Ejecutivo Municipal y Asesoría Legal.-
ARTÍCULO 4º: NÓRMASE que conformado el Comodato respectivo por el Departamento
Ejecutivo Municipal por medio de Asesoría Legal Municipal con bases en
esta Ordenanza, se deberá remitir copia del mismo al Concejo Deliberante para que se anexe a
la presente norma legal.-
ARTÍCULO 5º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al Sr. Luis Díaz y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 6º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 8º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1166/04.-
Firmado: Viceintendente – Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1145/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE