Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2164/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2164/2012
VISTO: La Nota Nº 148/12 de fecha 17/10/2012 de la Viceintendencia Municipal y la Nota
S/Nº de fecha 09/08/2012 de la Dirección Provincial de Desarrollo Urbano y
Equipamiento, Subsecretaria de Tierras de la Provincia del Neuquén, donde informan que de
acuerdo a la Rendición que se realizó dentro del marco de la Ley 2615 - Art. 6º - “Obra
Pavimento Urbano”; este Municipio cuenta con un saldo a su favor, y;
CONSIDERANDO:
Que, ante la necesidad de contar con recursos financieros para la realización de
Obras en nuestra Localidad este Poder Ejecutivo decidió afectar fondos del Artículo 6º Ley
2615 para la realización de la Plaza en el “Plan 101 viviendas”.-
Que, la Ley 2615 de “Renegociación de las Concesiones Hidrocarburíferas”, asigna
parte de los fondos que recibe la Provincia para llevar adelante Obras de Infraestructuras de
acuerdo a lo estipulado en su Artículo 6º: “El Ministerio de Desarrollo Territorial
instrumentará el Programa Estratégico de Desarrollo Territorial. Se acordará con los
Municipios la realización de obras de interés conjunto en las respectivas localidades que
fueran previamente autorizadas por los Concejos Deliberantes y cuya ejecución deberá ser
acompañada con los flujos de fondos previstos a tal fin” (Decreto Reglamentario 2124/08).-
Que, desde la Coordinación Administrativa del Ministerio de Desarrollo Territorial
de la Provincia del Neuquén nos informan que de acuerdo a las Certificaciones de la “Obra
Pavimento Urbano”, la cual fuese aprobada según Ordenanza Nº 1957/09 por un monto de
PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON CERO CENTAVOS ($250.000,00) se
finalizó el 100 % de la obra, certificando el Municipio el 80.30%, ya que la obra fue efectuada
por un monto menor al convenido, por lo que al Municipio le quedo un saldo de PESOS
CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON CERO
CENTAVOS ($49.244,00), y que atento a lo expuesto anteriormente estos fondos serán
reasignados para la “Obra Plaza Plan 101 Viviendas” que será de bien público tanto para la
Localidad como para las familias que viven allí.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a reasignar fondos
de la Cuenta Especial “Ley 2615 – Artículo 6º” - por la suma de PESOS
CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON CERO
CENTAVOS ($ 49.244,00) asignados por Ordenanza Nº 1957/09 para la Obra Pavimento
Urbano para ser afectados a la “Obra Plaza Plan 101 Viviendas” conforme presupuesto y
croquis obrantes en el Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: CRÉASE: la Partida Presupuestaria denominada “Obra Plaza Plan 101
Viviendas” según lo dispuesto en el Artículo 1º de esta Ordenanza y el
Anexo I.-
ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE: al Ejecutivo Municipal a firmar Convenio con las
Autoridades Provinciales competentes con el único objeto de reasignar los
fondos necesarios para la ejecución de la “Obra Plaza Plan 101 Viviendas”.-
ARTÍCULO 4º: DECLÁRESE: de Utilidad Pública la “Obra Plaza Plan 101 Viviendas”,
en conformidad a lo normado en la Ordenanza 341/93, facultando al
Ejecutivo Municipal a realizar el llamado de registro de oposición conforme modalidad
vigente y realizar el recupero conforme a la normativa.-
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio a todas las Áreas Municipales, a los Organismos de competencia
y la población en general.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1640/12 – EXPTE. C.D. Nº 6354/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
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OBRA: PLAZA 101 VIVIENDAS
UBICACIÓN: PLAN 101 VIVIENDAS
SUPERFICIE TOTAL: 3015, 80 m2
FECHA DE CÓMPUTO: OCTUBRE 2012
DESCRIPCIÓN MONTO ESTIMATIVO
Platea y Mampostería de Casilla $ 18.171,05
Cubierta de Techo $ 5.216,29
Electricidad 220 V $ 1.606,00
Electricidad 380 V $ 5.271,60
Iluminación Plaza $ 25.040,00
Totales $ 55.304,94
NOTA: No se contempló caños Tubing de 3, ½ y de 4” 7 u c/u
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES