Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1534/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1534/2007
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 341 Folio “B” de fecha 19/03/2007 iniciado por el Señor
Juan José Buamscha, titular del D.N.I. Nº 23.001.742, con domicilio legal en Islas
Malvinas Nº 265 de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, referente a solicitud de predio
en el Parque Industrial de Junín de los Andes; el Expte. Nº 2103 Letra “B” de la Secretaría de
Obras y Servicios Públicos de fecha 12/10/2007 que contiene presentación de Planos del
proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de
Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Juan José
Buamscha, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 6b de la Manzana 93,
Nomenclatura Catastral 13-20-054-9775, según Certificado de amojonamiento que figura
como folio 16 del Expte. Nº 2103 Letra “B” iniciado el 12/10/07 en la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 341/07 Folio “B” de fecha
19/03/07, con una superficie de SETECIENTOS CUARENTA Y UN METROS
CUADRADOS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (741,50 m²), o los que en más o en
menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos CATORCE MIL SEISCIENTOS
OCHENTA Y OCHO ($ 14.830,00) que serán cancelados; conforme forma de pago
establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 2103 Letra “B”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la
firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)
del Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 05/12/2007, conforme lo
establecido en Despacho Nº 047/2007, emitido por la Comisión de Labor Legislativa, resuelve
por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1534/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes
de Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el
Señor Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN
MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los
Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Señor JUAN JOSÉ
BUAMSCHA, titular del D.N.I. Nº 23.001.742, con domicilio legal en Islas Malvinas Nº 265
de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”,
el cual integra la presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el
Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 6b de la Manzana 93,
Nomenclatura Catastral 13-20-054-9775, según Certificado de amojonamiento que figura
como folio 16 del Expte. Nº 2103 Letra “B” iniciado el 12/10/07 en la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 341/07 Folio “B” de fecha
19/03/07, con una superficie de SETECIENTOS CUARENTA Y UN METROS
CUADRADOS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (741,50 m²), o los que en más o en
menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Aladino
Altamirano.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1354/07.-
ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES