1816 - 10 Autorizar Contratación directa reparación máquina Retroexcavadora.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1816/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 1816/2010



VISTO: El Expediente 5535/09 Letra “A” del DEM de fecha 15/12/2009 iniciado por la


Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano correspondiente a la


solicitud de reparación de maquinaria pesada, retroexcavadora Marca John Deere Modelo 310-D


adquirida en el año 1993, propiedad de la Municipalidad de Junín de los Andes y que contiene los


antecedentes correspondientes al estado actual de la maquina, presupuestos para su reparación,


costos, financiamiento posible, y;


CONSIDERANDO:


Que, a tal efecto consta en el expediente citado el costo de alquiler de un equipo similar.-


Que, se requiere con suma urgencia la utilización de este tipo de equipo para avanzar


cualitativa y cuantitativamente con las áreas que se llevan adelante con el LOTEO SOCIAL.-


Que, es preexistente la Ordenanza que declara la Emergencia Habitacional y es evidente


que la mayor celeridad y prematura con la que se lleven adelante las tareas pertinentes para


facilitar la accesibilidad, (apertura de calles, apertura de zanjas, nivelaciones, etc.), instalación de


servicios básicos, (agua potable y electricidad) colaboran en forma directa para planificar


cabalmente una propuesta para desarrollar allí planes de vivienda que propicie la reubicación de


las familias albergadas (hoy en situación de calle), y quienes han tenido que recurrir a la ocupación


ilegal de espacios públicos para la obtención de un espacio donde vivir con su grupo familiar, y


que devino en la situación de tomas, así como el resto de los vecinos que han canalizado su


necesidad de vivienda a través del INMUVI y que requieren todo el compromiso y celeridad que la


actual situación amerita.-


Que, además se tiene en cuenta la propuesta que es ley en el territorio provincial respecto


al Compre Neuquino, (que tiende a preservar la mano de obra dentro de Estado Provincial)


premisa tácitamente adherida por el Gobierno el Municipio.-


Que, se ha tenido presente las escasas variables de financiamiento disponibles, con lo


cual no resulta oportuno ni apropiado avaluar la adquisición de una maquina nueva, teniendo en


cuenta que esta fue adquirida en el año 1993.-


Que, la alternativa era optar por la BAJA, con las consecuencias que ocasionaría para las


tareas que deben llevarse adelante en procura de acelerar las condiciones mínimas básicas para la


acometida de los servicios de agua potable y tendido de la red eléctrica en el Loteo Social y demás


tareas que urgen su ocupación permanente; asimismo representa por supuesto una merma en el


Patrimonio Municipal, y la necesidad inmediata de optar su venta prácticamente como chatarra de


maquinaria vial en desuso.-


Que, es notorio que de no llevase adelante la propuesta del Departamento Ejecutivo y


habiendo analizado costo – beneficio, se pondera la necesidad, oportunidad y conveniencia de la


adquisición del servicio de reparación (ya que incluye la provisión y colocación de los repuestos),


en la modalidad de CONTRATACIÓN DIRECTA POR VÍA DE EXCEPCIÓN.-


Que, la presente se realiza atendiendo las responsabilidades que le competen al


Departamento Ejecutivo, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Administración


Financiera de la Provincia del Neuquén y su anexo de contrataciones y las facultades que le son


propias siempre que ameriten razonabilidad, causas excepciones y extraordinarias como las que


enuncia.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1816/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 03/03/2010 y de acuerdo a


lo establecido en Despacho Nº 005/2010 de la Comisión de Economía dispuso por unanimidad,


autorizar la contratación directa por vía de excepción del Servicio de reparación de la


Retroexcavadora propiedad de la Municipalidad de Junín de los Andes Marca John Deere 310-D


Modelo 1993.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Señor Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique


Campos, a realizar la CONTRATACIÓN DIRECTA POR VÍA DE


EXCPECIÓN, del Servicio de Reparación de la RETROEXCAVADORA propiedad de la


Municipalidad de Junín de los Andes Marca JOHN DEERE 310-D Modelo 1993, con las garantías


y servicios pertinentes del caso, de manera tal que pueda incorporarse con la mayor brevedad


posible a las tareas que debe realizar dentro del Lote Social, y ello permita una no dilación en el


tiempo para que allí puedan contar las pertinentes familias con el suministro de los servicios


básicos en el menor tiempo posible.-




ARTICULO 2º: DISPÓNGASE que a través de la Secretaría de Economía se arbitre la forma


de pago de dicha contratación.-




ARTÏCULO 3º: APLÍQUESE la Partida Presupuestaria que corresponda, e instase al Ejecutivo


Municipal que verifique la posibilidad de gestionar fondos ante el Gobierno


Nacional, Gobierno Provincial y/o mediante la toma de algún crédito disponible del BID, para la


adquisición de una unidad similar, habida cuenta que a la fecha y contando que al año 1993 el


ejido municipal era de aproximadamente 7400 ha y en la actualidad es de 142000 ha, lo que


supone responsabilidad en las áreas del Loteo Quilquihue y del Loteo Huechulafquen y por lo


tanto tareas a realizar de competencia municipal.-




ARTÍCULO 4º: Promulgada por el Ejecutivo Municipal, elévese copia de la presente a las


distintas Secretarías Municipales, para su conocimiento y efecto.-




ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1478/10.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA