Ordenanza N° 1182 Ratifíquese convenio comodato con el Sr. Pallalauquen predio municipal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1182/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1182/2004



VISTO: El Expte. Nº 10.677/04 del Departamento Ejecutivo Municipal, y el Comodato


firmado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Marcelo Arturo


Pallalauquén, D.N.I. Nº 22.292.348, y;




CONSIDERANDO:




Que, dicho comodato se realiza en virtud de solicitud expresa por parte del Sr.,


Pallalauquén (comodatario) de un predio para poder acopiar piedra bocha la cual será utilizada


para la construcción de mampostería.-




Que, la Municipalidad entrega al Comodatario, y éste acepta un predio de 20,00 mts.


de frente por 50.00 mts. que se encuentra ubicado dentro de una mayor fracción denominada


Basurero y Cantera de Áridos Municipal, propiedad de la Municipalidad de Junín de los andes,


todo ello de conformidad con lo prescripto por el Art. 2225 sstes. y cctes. del Código Civil.-.




Que, el plazo del citado contrato será por el término de 1 (un) año venciendo


indefectiblemente el 31 de agosto de 2005, y de común acuerdo las partes podrán renovarlo


estipulando el plazo que consideren conveniente.-




Que, este Concejo Deliberante conforme lo expresado en Despacho Nº 137/04 de la


Comisión de Obras y Servicios Públicos, y lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en


su Artículo 57, t), resuelve por unanimidad ratificar el citado comodato, con el dictado de la


norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Comodato firmado entre la Municipalidad de Junín de


los Andes y el Señor Marcelo Arturo Pallalauquén, D.N.I. Nº 22.292.348,


el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,


y por su intermedio remítase copia al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal


Humberto Fabián E. Bosque.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL


CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1184/04.-




Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE