Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1182/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1182/2004
VISTO: El Expte. Nº 10.677/04 del Departamento Ejecutivo Municipal, y el Comodato
firmado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Marcelo Arturo
Pallalauquén, D.N.I. Nº 22.292.348, y;
CONSIDERANDO:
Que, dicho comodato se realiza en virtud de solicitud expresa por parte del Sr.,
Pallalauquén (comodatario) de un predio para poder acopiar piedra bocha la cual será utilizada
para la construcción de mampostería.-
Que, la Municipalidad entrega al Comodatario, y éste acepta un predio de 20,00 mts.
de frente por 50.00 mts. que se encuentra ubicado dentro de una mayor fracción denominada
Basurero y Cantera de Áridos Municipal, propiedad de la Municipalidad de Junín de los andes,
todo ello de conformidad con lo prescripto por el Art. 2225 sstes. y cctes. del Código Civil.-.
Que, el plazo del citado contrato será por el término de 1 (un) año venciendo
indefectiblemente el 31 de agosto de 2005, y de común acuerdo las partes podrán renovarlo
estipulando el plazo que consideren conveniente.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo expresado en Despacho Nº 137/04 de la
Comisión de Obras y Servicios Públicos, y lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en
su Artículo 57, t), resuelve por unanimidad ratificar el citado comodato, con el dictado de la
norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Comodato firmado entre la Municipalidad de Junín de
los Andes y el Señor Marcelo Arturo Pallalauquén, D.N.I. Nº 22.292.348,
el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación,
y por su intermedio remítase copia al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1184/04.-
Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE