1081 - 2003 Derogación parcial Ordenanza N° 1067-2003.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1081/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1081/2003



VISTO: La Ordenanza Nº 1067/2003 sancionada por este Concejo Deliberante en fecha 23/04/2003,


y la Nota Nº 350/03 de fecha 15/05/2003 firmada por el Sr. Intendente Municipal, Don


Rubén Enrique Campos, donde remite Nota Nº 136/03 del 06/05/2003 enviada por el Sr. Director


General de Recursos Hipotecarios de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, del Ministerio de


Hacienda, Obras y Servicios Públicos, Dr. Raúl Alberto Frechilla, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante la citada Ordenanza la Municipalidad de Junín de los Andes a la Ley


Provincial Nº 2370, en los términos del Artículo 8º de la misma, de un Régimen Especial de


Descuento automático de Haberes de las cuotas de amortización de viviendas, refacciones,


ampliaciones o mejoramientos construidas y a construir por el Instituto Provincial de Vivienda y


Urbanismo del Neuquén (I.P.V.U.N), mediante planes oficiales, cuyos beneficiarios sean empleados


públicos del municipio.-




Que, por Nota Nº 136/03 del 06/05/2003 enviada por el Sr. Director General de Recursos


Hipotecarios, se informa que la citada de Ley en su Artículo 8º habla de la obligatoriedad del


descuento de haberes de las cuotas, para todos aquellos empleados públicos provinciales, municipales


(a través de la sanción de la correspondiente ordenanza de adhesión), de entes autárquicos y


descentralizados, y no de la voluntad de adherir a lo prescripto por la mencionada Ley.-




Que, asimismo menciona que la adhesión al sistema redunda en un beneficio para los


empleados, si se tiene en cuenta que según Ley 2189/96 se establece un descuento del orden del 10º si


no está al día en los pagos y un 20% si lo estuviera a la fecha de adhesión.-


Que, conforme lo establecido en Despacho Nº 093/2003 de la Comisión de Gobierno,


Coordinación y Control de Gestión, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


11/06/2003, decide por unanimidad dejar sin efecto el Art. 4to. y el último considerando de la


Ordenanza 1067/2003, dado que los mismos se contraponen con la Ley Nº 2370/01.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56 Y 57 INCISO “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:















SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1081/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º:
DEROGASE el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 1067/2003 de fecha 13/04/2003


que dice: “ESTABLÉZCASE la obligación para los beneficiarios de los planes
de viviendas de la presentación de la ficha que figura como Anexo I de la presente, donde en forma


voluntaria adhieran o no al descuento automático en Planillas de haberes de las cuotas de sus


viviendas”. Asimismo DÉJASE sin efecto el 7mo. considerando de la citada Ordenanza el cual se


relaciona con el reseñado Artículo 4º.-




ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y


por su intermedio notifíquese a la Dirección General de Recursos Hipotecarios de la


Subsecretaría de Ingresos Públicos, del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, a la


Presidencia del I.P.V.U.N., y a cada uno de los empleados municipales beneficiarios de viviendas


construidas por el I.P.V.U.N. en esta localidad.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme


Cláusula Complementaria y Transitoria N° 2, Inc. c) de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa Shuyay del Río.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN L SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDE, PROVINCIA DEL


NEUQUEN A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRES,


SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1126/03.-















SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES