2132 - 12 Homologar Convenio Plan Provincial de Actividad Fisica y Deporte - Programa Juegos Integrados Neuquinos 2012.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2132/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2132/2012



VISTO:
La Nota Nº 315/12 de fecha 27/07/2012 del Departamento Ejecutivo Municipal,


mediante el cual remite Convenio relacionado con el los Juegos Integrados


Neuquinos celebrado en el marco en el marco del Plan Provincial de Actividad Física y


Deporte, y el Programa “Juegos Integrados Neuquinos 2012”, entre el Ministerio de Gobierno,


Educación y Justicia de la Provincia de Neuquén, y la Municipalidad de Junín de los Andes,


registrada bajo Expte. C.D. Nº 6196/12, y;




CONSIDERANDO




Que, la Cláusula Primera del citado Convenio establece que “El Ministerio” le otorga


la suma de pesos Doce Mil Doscientos Cincuenta ($ 12.250) a “La Municipalidad”, la que será


destinada a financiar el desarrollo de la etapa Zonal de los “Juegos Integrados Neuquinos


2012”.-




Que, Cláusula Segunda establece que “La Municipalidad”, destinará el importe


indicado en la Cláusula Primera, a financiar los gastos de: transporte, alojamiento,


alimentación, insumos, mejoramiento de infraestructura deportiva y/o cultural, de recursos


humanos, de seguridad y premiación de los “Juegos Integrados Neuquinos 2012”.-




Que, la Cláusula Tercera expresa que es responsabilidad de “La Municipalidad” la


correcta aplicación de los fondos transferidos y su correspondiente rendición al Tribunal de


Cuentas de la Provincia del Neuquén, como así también “La Municipalidad” será absoluta y


totalmente responsable del cumplimento de las obligaciones legales y tributarias de las


contrataciones que debe realizar en el marco del presente convenio.-




Que, la Cláusula Cuarta establece que el “El Ministerio”, a través de la Subsecretaría


de Cultura, Juventud y Deporte, queda facultada para realizar la supervisión de la totalidad de


las actividades desarrolladas en los “Juegos Integrados Neuquinos 2012”, en el momento en lo


que crea conveniente.-




Que, la Cláusula Quinta establece que el “El Ministerio” se reserva la potestad de


publicar, en todo o en parte, las actividades que se desarrollen en el marco del presente


Convenio en el momento que lo crea conveniente.-




Que, el Artículo 155 de la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes posibilitará el acceso de toda la comunidad a las actividades físicas y


recreativas en sus múltiples formas. Elaborará y ejecutará la política municipal del deporte


comunitario apoyando al deporte escolar y federado en aquellas actividades que contaren con


deportistas locales destacados”.-.











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2132/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, dispuso sobre


tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 01/08/2012, ratificar el citado Convenio,


con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Gobierno,


Educación y Justicia de la Provincia de Neuquén, representado por la


Ministra, Señora Zulma Reina, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el


Intendente Municipal Sr. Juan Domingo Linares, en el marco del Plan Provincial de Actividad


Física y Deporte, y el Programa “Juegos Integrados Neuquinos 2012”, el cual consta de siete


(7) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia de la Provincia de Neuquén.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS UN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.626/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA