2251 - 13 Ratificación Convenio Transferencia Lote Parque Industrial al Sr. Antonio Rabbia.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2251/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2251/2013



VISTO: El Expte. D.E.M. Nº 2624/12 Letra “B” de fecha 12/10/2012, que contiene Convenio


de Pago por Transferencia Predio Parque Industrial celebrado en fecha 25/03/2013


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Antonio Rabbia, titular del D.N.I. Nº


13.968.092, con domicilio legal en calle Necochea Nº 80 de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio la “Municipalidad” autoriza la transferencia del


bien en cuestión a favor del “Adquirente” y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto


por Ordenanza Nº 479/95 y su modificatoria Nº 1718/2009, una fracción de terreno ubicado en


el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 7 de la Manzana 116,


Nomenclatura Catastral Nº 13-20-056-3466, según Plano de Mensura E-4796-03926/08, con


una superficie de Un Mil Doscientos Cincuenta metros cuadrados (1.250,00 m²).-




Que, la Tasa de Transferencia se establece en la suma total y única de pesos Treinta


Mil ($ 30.000,00), según lo establecido en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1934/2011, a las que


se les aplicó la tasa de descuento de Documentos del Banco Nación Argentina, según lo


establecido en la Ordenanza Nº 1014/02 – Artículo 4 – que “El Adquirente” se compromete a


abonar en 10 (diez) cuotas iguales y consecutivas de Pesos Tres Mil Treinta y Uno con Once


Centavos ($ 3.131,11).-




Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la


Carta Orgánica Municipal, dispuso sobre tablas y por unanimidad en Sesión Ordinaria de


fecha 02/05/2013, ratificar el Convenio en cuestión, mediante el dictado de la presente


Ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
































Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2251/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Pago por Transferencia Predio Parque


Industrial celebrado en fecha 25/03/2012 entre la Municipalidad de Junín de


los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Juan Domingo Linares y el


Señor Secretario de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, Don Alejandro


Regueiro, y el Sr. Antonio Rabbia, titular del D.N.I. Nº 13.968.092, con domicilio legal en


calle Necochea Nº 80 de Junín de los Andes, el cual consta de diez (10) Cláusulas y


Condiciones e integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRECE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1667/13.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES