1460 - Aprobación Convenio Predio Parque Industrial Sr. Guillermo Chalkling.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1460/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 1460/2007



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2499 L “B” de fecha 06/07/2006 iniciado por el Sr.


Guillermo León Chalkling, titular del D.N.I. Nº 92.278.852, con domicilio legal en


Don Bosco y Ginés Ponte, de esta localidad, referente a solicitud de predio en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, destinado a la prestación de servicio de alquiler de


maquinaria pesada, fletes, movimientos de suelos, etc.; el Expte. Nº 3968 Letra “C” del


D.E.M. de fecha 27/10/2006 que contiene presentación de Planos del proyecto reseñado; y el


Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en fecha 12/04/2007 entre la Municipalidad


de Junín de los Andes y el nombrado Sr. Guillermo L. Chalkling, y;


CONSIDERANDO:


Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada Lote 1, de la Manzana 85,


Nomenclatura Catastral 13-20-056-1584, que figura anexo como croquis adjuntos del Expte.


del D.E.M. Nº 2499 L “B” de fecha 06/07/2006 (Folio 08) de la Secretaría de Planificación,


Producción y Turismo, con una superficie de MIL CIENTO NOVENTA METROS


CUADRADOS (1.190,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a


practicarse por el “Adquirente” en un plazo que no superará los sesenta (60) días de la firma


del presente Instrumento legal.-


Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintitrés Mil Ochocientos ($ 23.800,00) que


serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-


Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. 3968 “C”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 16/05/2007, conforme lo


establecido en Despacho Nº 042/2007 de fecha 14/05/2007, emitido por la Comisión de


Planificación, Producción y Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-


Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI CARLOS A. CORAZINI


A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1460/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha


12/04/2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por


el Señor Intendente Municipal, Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el Señor Secretario


de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN MENDEZ, con


domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante


denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. GUILLERMO LEON CHALKLING,


TITULAR DEL D.N.I. Nº 92.278.852, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de


Junín de los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de una


fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como


Lote 1 de la Manzana 85, Nomenclatura Catastral 13-20-056-1584, que figura anexo como


croquis adjuntos del Expte. 2429 “B” de fecha 06/07/06 (Folio 08) de la Secretaría de


Planificación, Producción y Turismo, con una superficie de MIL CIENTO NOVENTA


METROS CUADRADOS (1.190,00 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura


definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa A/C, Concejal


Adriana del Carmen Massaccesi.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL


SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1326/07.-













ADRIANA DEL CARMEN MASSACCESI CARLOS A. CORAZINI


A/C SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES