Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2711/2017
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9103/17 de fecha 09 de junio de 2017 iniciado pro el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, remite adjunto Planilla de Evolución del Precio de los Combustibles de
YPF y OPESSA, fuentes suministradas por la Secretaría de Energía de la Nación, a fin de poder
actualizar el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2552/2015 de fecha 15 de diciembre de 2015,
mediante el cual se fijan los valores de los viáticos de la Administración Municipal en el Orden
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los cuales: “…. serán ajustados en forma trimestral y de
acuerdo al aumento que experimente el valor de la nafta súper, de la Empresa Estatal YPF,
mediante el dictado de la ordenanza respectiva por parte del Concejo Deliberante”.-
Que, teniendo en cuenta que la última fecha de adecuación de viáticos fue en diciembre
del año 2015, con incremento del 41.81% de acuerdo a la fuente suministrada por la Secretaría de
Energía de la Nación, el Ejecutivo Municipal considera que se debería actualizar el valor de los
viáticos mencionados.-
Que, este Concejo Deliberante conforme al Despacho Nº 106/17 de la Comisión Interna
de Gobierno, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 28/06/2017, resuelve
modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2552/2015, con el dictado de la presente Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE: el Artículo 1° de la Ordenanza N° 2552/2015, el cual quedará
redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º: FIJASE para todas las
categorías de la Administración Municipal en el Orden Ejecutivo, Legislativo y Judicial y demás
funciones creadas en nuestra Carta Orgánica Municipal y organigrama, los siguientes importes
para la liquidación de viáticos: a) Dentro del territorio Provincial Pesos Quinientos con 00/100
($ 500,00); b) Fuera de los limites Provinciales Pesos Ochocientos con 00/100 ($ 800,00); y c)
fuera de los límites del Territorio Nacional Pesos Un Mil Quinientos con 00/100 ($ 1.500,00). Los
valores antes mencionados serán ajustados en forma anual y de acuerdo al aumento que
experimente el valor de la nafta súper, de la Empresa Estatal YPF, mediante resolución del
Ejecutivo Municipal.”.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISISTE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1908/2017.-
LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES