1314 - Ratificación Convenio Transferencia Lote Parque Industrial al Sr. Carlos Gimenez.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1314/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1



O R D E N A N Z A Nº 1314/2005



VISTO: El Convenio de Pago por Transferencia Predio Parque Industrial celebrado en fecha


03/10/2005 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Carlos E. Giménez,


titular del D.N.I. Nº 12.978.158, con domicilio legal en Tte. Nogueira 440 de Junín de los


Andes, el cual se realiza en un todo de acuerdo y conforme Exptes. Administrativo iniciado


ante el Departamento Ejecutivo Municipal identificados con el Nº 3237 “B” de fecha


29/07/2005, y;




CONSIDERANDO:




Que, las partes convienen en celebrar el citado convenio para formalizar la


transferencia del predio ubicado en Parque Industrial que oportunamente adquiriera el Sr.


Fernando Rodríguez, titular del D.N.I. Nº 12.778.830 (según Ordenanza Nº 704/99) con


domicilio legal en Huiliches 397 de esta localidad, en un todo de acuerdo al Despacho Nº


082/05 de la Comisión de Planificación y Producción del Concejo Deliberante.-




Que, a través del mismo la “Municipalidad” autoriza la transferencia del bien en


cuestión a favor del “Adquirente” y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por


Ordenanza Nº 479/95 y su modificatoria Nº 1014/2002, una fracción de terreno ubicado en el


Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como parte del Lote 1 de la Manzana


“F”, según Plano de Mensura y Subdivisión E-2756-1511/98, con una superficie de Un Mil


Metros Cuadrados (1.000 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a


practicarse por la “Adquirente”.




Que, la Tasa de Transferencia se establece en la suma total y única de pesos seis mil


($ 6.000,00), según lo establecido en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1147/2004; asimismo el Sr.


Fernando Rodríguez mantiene una deuda en concepto de “deuda pendiente por adquisición de


tierras en Parque Industrial”, y el Sr. Carlos Giménez expresa que se hace responsable de


dicha deuda. Por lo que la suma total y única adeudada por el Sr. Carlos Giménez asciende a


pesos seis mil novecientos ($ 6.900,00) que “El Adquirente” se compromete a cancelar


conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-




Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la


Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 093/2005 del 25/10/2005 de la Comisión de


Planificación y Producción, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 27/10/2005, resuelve por


unanimidad ratificar el Convenio en cuestión, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1314/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2








POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Pago por Transferencia Predio Parque


Industrial celebrado en fecha 03/10/2005 entre la Municipalidad de Junín de


los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, y la Señora


Secretaria de Planificación y Producción, Doña Lucía Pysny, y el Sr. Carlos E. Giménez,


titular del D.N.I. Nº 12.978.158, con domicilio legal en Tte. Nogueira 440 de Junín de los


Andes, el cual consta de diez (10) Cláusulas y Condiciones e integra la presente como


Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto


Fabián E. Bosque.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS


MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1248/05.-













HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA