Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1314/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1314/2005
VISTO: El Convenio de Pago por Transferencia Predio Parque Industrial celebrado en fecha
03/10/2005 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Sr. Carlos E. Giménez,
titular del D.N.I. Nº 12.978.158, con domicilio legal en Tte. Nogueira 440 de Junín de los
Andes, el cual se realiza en un todo de acuerdo y conforme Exptes. Administrativo iniciado
ante el Departamento Ejecutivo Municipal identificados con el Nº 3237 “B” de fecha
29/07/2005, y;
CONSIDERANDO:
Que, las partes convienen en celebrar el citado convenio para formalizar la
transferencia del predio ubicado en Parque Industrial que oportunamente adquiriera el Sr.
Fernando Rodríguez, titular del D.N.I. Nº 12.778.830 (según Ordenanza Nº 704/99) con
domicilio legal en Huiliches 397 de esta localidad, en un todo de acuerdo al Despacho Nº
082/05 de la Comisión de Planificación y Producción del Concejo Deliberante.-
Que, a través del mismo la “Municipalidad” autoriza la transferencia del bien en
cuestión a favor del “Adquirente” y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por
Ordenanza Nº 479/95 y su modificatoria Nº 1014/2002, una fracción de terreno ubicado en el
Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como parte del Lote 1 de la Manzana
“F”, según Plano de Mensura y Subdivisión E-2756-1511/98, con una superficie de Un Mil
Metros Cuadrados (1.000 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a
practicarse por la “Adquirente”.
Que, la Tasa de Transferencia se establece en la suma total y única de pesos seis mil
($ 6.000,00), según lo establecido en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1147/2004; asimismo el Sr.
Fernando Rodríguez mantiene una deuda en concepto de “deuda pendiente por adquisición de
tierras en Parque Industrial”, y el Sr. Carlos Giménez expresa que se hace responsable de
dicha deuda. Por lo que la suma total y única adeudada por el Sr. Carlos Giménez asciende a
pesos seis mil novecientos ($ 6.900,00) que “El Adquirente” se compromete a cancelar
conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la
Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 093/2005 del 25/10/2005 de la Comisión de
Planificación y Producción, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 27/10/2005, resuelve por
unanimidad ratificar el Convenio en cuestión, mediante el dictado de la presente Ordenanza.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1314/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Pago por Transferencia Predio Parque
Industrial celebrado en fecha 03/10/2005 entre la Municipalidad de Junín de
los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, y la Señora
Secretaria de Planificación y Producción, Doña Lucía Pysny, y el Sr. Carlos E. Giménez,
titular del D.N.I. Nº 12.978.158, con domicilio legal en Tte. Nogueira 440 de Junín de los
Andes, el cual consta de diez (10) Cláusulas y Condiciones e integra la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1248/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA