2980 - 19 Prórroga Ord. Nº 2836-18 Creación de Fondo Tasa Tratamiento y Disposición de RSU.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2980/2019



VISTO: El Expte. C.D. Nº 10501/19 de fecha 27/11/2019, iniciado por Nota Externa Nº


427/19 de la Intendencia Municipal, solicita tratamiento de la Ordenanza Nº 2836/2018


de fecha 19/09/2018, promulgada por Decreto E.M. Nº 381/18 de fecha 24/09/2018, prorrogadas


por Ordenanzas Nº 2897/2019 y Nº 2924/2019, y;


CONSIDERANDO:


Que, la Ordenanza Nº 2836/2019, establece:
“Artículo 1º: Autorízase: al Departamento Ejecutivo Municipal a crear el “Fondo de Servicio de


Tratamiento y Disposición de Residuos Sólidos Urbanos”.-


“Artículo 2º: Incorpórase: dentro de la Tasa por Servicios Retributivos el ítem denominado “Fondo de


Servicio de Tratamiento y Disposición final de Residuos” cuya finalidad exclusiva es solventar los


gastos generados por las tareas de funcionamiento y mantenimiento regular del nuevo sistema de


gestión de residuos sólidos urbanos...”-


“Artículo 5º: Facúltase: Ejecutivo Municipal a incorporar el cobro de una tasa diferenciada a


Generadores Comerciales dentro de la Licencia Comercial…”-


“Artículo 9º: Establécese: que la citada ordenanza tendrá una vigencia de seis (6) meses, a partir de su


promulgación. Una vez concluido el plazo estipulado se podrá prorrogar, por igual periodo, previa


solicitud del Ejecutivo Municipal y posterior aprobación del Concejo Deliberante”.-


Que, por Ordenanza Nº 2897/2019, se prorroga por el término de tres (3) meses, la


Ordenanza Nº 2836/2018.-


Que, en vista que por Ordenanza Nº 2924/2019, se prorroga hasta el 31 de diciembre de


2019, la vigencia de la Ordenanza Nº 2836/2018, y teniendo en cuenta la proximidad de esa fecha,


es que el Ejecutivo Municipal solicita una nueva prórroga hasta el 31 de marzo de 2020.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 27/11/2019, dispuso sobre


tablas y por unanimidad, autorizar la prórroga solicitada, debiendo dictarse en consecuencia la


norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE: hasta el 31 de Marzo de 2020, la Ordenanza Nº


2836/2018 de fecha 19/09/2018, promulgada por Decreto E.M. Nº 381/18 de


fecha 24/09/2018, la cual fuera prorrogada por Ordenanzas Nº 2897/2019 y 2924/2019 de fechas


20/03/2019 y 28/06/2019, respectivamente.-


ARTÍCULO 2º: Comuníquese: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ARTÍCULO 3º: DESE: a conocimiento público y amplia difusión por los medios escritos y


orales de la localidad de la presente ordenanza.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO


DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2042/19.-











CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





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