1073 - 2003 Ratificación Convenio Forestal Municipio - Firma SINAG Estancia Sihuen.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1073/03.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 1073/2003


VISTO: La Nota Nº 225/03 de fecha 03/04/2003 del Departamento Ejecutivo Municipal


anexada al Expte. C.D. Nº 2430/02 del 09/09/2002, donde remite Convenio Forestal


suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la firma “Comercial, Inmobiliaria,


Agropecuaria y Financiera - CINAG. S.A. Estancia “SIHUEN”, que delega poder Especial a favor


del Sr. Marcelo Esteban Mera D.N.I. Nº 14.170.369, para la forestación con Coníferas exóticas, y;


CONSIDERANDO.:


Que, mediante Ordenanza Nº 874/01, se otorga marco al Régimen de Promoción de


Plantaciones Forestales para el año 2001 y se da continuidad al mismo en este Municipio en años


sucesivos.-


Que, la Municipalidad de Junín de los Andes a través de Convenios con


Establecimientos Ganaderos privados viene realizando un plan de forestación con coníferas


exóticas, durante los cuatro últimos años.-


Que, vale rescatar los fundamentos en base a los cuales se confirma la intención


continuar con un programa anual de forestación aprovechando el alto potencial de la zona, creando


materia prima para futuras industrias y fuentes de trabajo temporarios de vital importancia en


épocas de baja actividad turística y económica.-


Que, el Municipio está en condiciones administrativas y jurídicas para presentar el Plan a


la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación en la medida que el


Concejo Deliberante designe al Señor Intendente Municipal, como representante legal ante este


Organismo.-


Que, la aprobación de este Plan permitirá paliar los costos de mano de obra e insumos


necesarios para continuar con esta actividad en años futuros.-


Que, la Carta Orgánica Municipal, Titulo II – Capítulo III “Forestación Municipal


Bosques Comunales” - Artículos 179 y 180 establecen:


✓ “La Municipalidad de Junín de los Andes dispondrá las medidas administrativas y
presupuestarias necesarias tendientes al desarrollo de la actividad forestal, a través de su


propia estructura de gobierno o de terceros con la fiscalización del mismo.-


✓ “La Municipalidad tendrá la facultad de establecer convenios con privados para la
obtención de tierras destinadas a la actividad forestal, siempre que a las mismas no se les


hubiere dado prioridad para alguna otra actividad. Dichas áreas deberán presentar


adecuada aptitud forestal, evaluada y certificada por el organismo competente. Los


convenios mencionados deberán ser aprobados mediante el dictado de las Ordenanzas


respectivas.-


Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria del día 07/05/2003, dispuso por


unanimidad ratificar el Convenio citado.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1073/03.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2








POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56 Y ARTÍCULO 57, Inc. a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE el Convenio Forestal suscripto entre la Municipalidad de


Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén


Enrique Campo y el Señor Secretario de Gobierno, Coordinación y Control de Gestión, Don


Marcelo Elpidio Banchio, y la firma “Comercial, Inmobiliaria, Agropecuaria y Financiera -


CINAG. S.A. Estancia “SIHUEN”, que delega poder Especial a favor del Sr. Marcelo Esteban


Mera, D.N.I. Nº 14.170.369, para la forestación con Coníferas exóticas, el cual integra la presente


como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: DESÍGNASE al Señor Intendente de la Municipalidad de Junín de los


Andes, como responsable legal ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería,


Pesca y Alimentación de la Nación para la presentación y trámite del Plan Forestal, conforme


convenio citado en el Artículo anterior.-


ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a contratar a un


profesional que cumpla los requisitos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,


Pesca y Alimentación de la Nación para la elaboración del Plan.-


ARTÍCULO 4º: Promulgada por el Ejecutivo Municipal, elévese copia de la presente a las


distintas dependencias Municipales, a la Dirección Regional – Zona Sur –


dependiente de la Subsecretaría de Producción de la Provincia del Neuquén, y a la Secretaría de


Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación.-


ARTÍCULO 5º: MANTÉNGASE informado sobre todas las actuaciones referidas a este


Plan al Concejo Deliberante de Junín de los Andes.-


ARTÍCULO 6º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-


ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A. J.


del Río.-


ARTÍCULO 8º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUEN, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1121/03.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1073/03.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


3