2384 - 14 Ratificación Convenio Parque Industrial Sr. Alejandro Galvanoni.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2384/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2384/2014



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 1096 “B” de fecha 29/04/2012, iniciado por el Sr. Alejandro


Galvanoni, titular del D.N.I. Nº 21.972.979, con domicilio legal en Barrio Militar de


Oficiales, Casa 23 de Junín de los Andes, destinado a la instalación de una Fábrica de


Materiales con fibras y resinas; y el Convenio de pago Parque Industrial celebrado a los tres


días del mes de Junio del año 2014 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el


nombrado, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El


Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, y


sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006, Nº 1594/2008 y Nº 1718/2009, una fracción


de terreno que se identifica como Lote 7a, de la Manzana 136, Nomenclatura Catastral 13-20-


056-3872; con una superficie de 834,90 mts².-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Ciento Cincuenta ($ 150,00)


por metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Ciento Veinticinco Mil Doscientos


Treinta y Cinco ($ 125.235) que serán cancelados conforme forma de pago establecida en


Cláusula Segunda del citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado en la Cláusula Primera el


total del Proyecto presentado mediante los planos que se adjuntan y que fueran aprobados por


la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, dejándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses


partir de la firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por


ciento (100%) del emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 25/06/2014, a través del


Despacho Nº 070/14 de la Comisión interna de Promoción del Empleo y Desarrollo


Territorial, aprobado en forma unánime, decide homologar el citado convenio, con el dictado


de la norma correspondiente.-






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2384/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado durante el


mes de Junio de 2.014 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Intendente Municipal, Don JUAN DOMINGO LINARES, y el Señor


Secretario de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, Don ALEJANDRO


REGUEIRO, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los


Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. ALEJANDRO


GALVANONI, titular del D.N.I. Nº 21.972.979, con domicilio legal en Barrio Militar de


Oficiales, Casa 23 de Junín de los Andes, destinado a la instalación de una Fábrica de


Materiales con fibras y resinas, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de


una fracción de terreno que se identifica como Lote 7a, de la Manzana 136, Nomenclatura


Catastral 13-20-056-3872, con una superficie de 834,90 m².-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO


DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1736/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA