1911 - 10 Excención canón uso vía pública Artesanos locales.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante





O R D E N A N Z A Nº 1911/2010



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5331/10 del 06/12/10 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal,


mediante el cual remite Nota Nº 181/10 de la Dirección General de Cultura, donde informa que


la misma se encuentra realizando la expo-manualidades de navidad, actividad consistente en la exposición


y venta de manualidades, artesanías y productos de panificación artesanal (budín, pan dulce, roscas


navideñas, etc.), y;


CONSIDERANDO


Que, en esta expo se pretende generar un espacio para los vecinos, puedan ofrecer sus artesanías


tanto a turistas como a pobladores de nuestra ciudad.-


Que, la realización de la misma tiene como lugar la plaza General San Martín, del 08 al 12 de


diciembre de 2010 y en horarios de 10:00 a 21:00 horas.-


Que, debido a que los expositores son todos pobladores de la Ciudad de Junín de los Andes,


solicita se exima del pago del canon municipal por el uso de la vía pública, detallado según Ordenanza Nº


1839/2010, durante los días de realización de la exposición.-


Que, la Ordenanza Nº 1839-10, en el Capítulo IX – Derecho de Ocupación o uso de espacios


públicos, Artículo 24) Tipos y montos, establece que por el uso u ocupación de los espacios aéreos,


subsuelo o superficie, fijase los siguientes derechos, sin perjuicio de otros que pudieren corresponder: Inc.


b) Para el uso u ocupación esporádica de la vía pública: Ítem 2) Kioscos y puestos esporádicos de venta


transitoria de hasta diez (10) días en eventos y/o fiestas populares: 2.1) Comerciantes locales $ 40,00


por metro lineal de frente de ocupación.- 2.2) Instituciones de bien público locales $ 0,00.-


Que, en vista de todo lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


09/12/10, dispuso sobre tablas y por unanimidad dar curso favorable a lo solicitado.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA


MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA


CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON


FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: EXÍMASE del pago del arancel establecido en el Ítem 2.1) Comerciantes locales


$ 40,00 por metro lineal de frente de ocupación, punto 2) Kioscos y puestos esporádicos


de venta transitoria de hasta diez (10) días en eventos y/o fiestas populares, Inc. b) -Artículos 24) -


Capítulo IX – Derecho de Ocupación o uso de espacios públicos, Ordenanza Nº 1839-10, a los


expositores locales que participen de la expo-manualidades de navidad, conforme lo solicitado en Expte.


C.D. Nº 5331/10 de fecha 06/12/10.-


ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que los expositores deberán cumplir con todas las exigencias


establecidas por la Dirección General de Bromatología para la elaboración, manipulación


y venta de productos alimenticios.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y por su


intermedio a los expositores locales interesados y a las Secretarías Municipales que


estime corresponder, para su conocimiento y efectos.-


ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS NUEVE


DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1531/10.-











ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





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