Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1911/2010
VISTO: El Expte. C.D. Nº 5331/10 del 06/12/10 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal,
mediante el cual remite Nota Nº 181/10 de la Dirección General de Cultura, donde informa que
la misma se encuentra realizando la expo-manualidades de navidad, actividad consistente en la exposición
y venta de manualidades, artesanías y productos de panificación artesanal (budín, pan dulce, roscas
navideñas, etc.), y;
CONSIDERANDO
Que, en esta expo se pretende generar un espacio para los vecinos, puedan ofrecer sus artesanías
tanto a turistas como a pobladores de nuestra ciudad.-
Que, la realización de la misma tiene como lugar la plaza General San Martín, del 08 al 12 de
diciembre de 2010 y en horarios de 10:00 a 21:00 horas.-
Que, debido a que los expositores son todos pobladores de la Ciudad de Junín de los Andes,
solicita se exima del pago del canon municipal por el uso de la vía pública, detallado según Ordenanza Nº
1839/2010, durante los días de realización de la exposición.-
Que, la Ordenanza Nº 1839-10, en el Capítulo IX – Derecho de Ocupación o uso de espacios
públicos, Artículo 24) Tipos y montos, establece que por el uso u ocupación de los espacios aéreos,
subsuelo o superficie, fijase los siguientes derechos, sin perjuicio de otros que pudieren corresponder: Inc.
b) Para el uso u ocupación esporádica de la vía pública: Ítem 2) Kioscos y puestos esporádicos de venta
transitoria de hasta diez (10) días en eventos y/o fiestas populares: 2.1) Comerciantes locales $ 40,00
por metro lineal de frente de ocupación.- 2.2) Instituciones de bien público locales $ 0,00.-
Que, en vista de todo lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
09/12/10, dispuso sobre tablas y por unanimidad dar curso favorable a lo solicitado.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA
MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON
FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: EXÍMASE del pago del arancel establecido en el Ítem 2.1) Comerciantes locales
$ 40,00 por metro lineal de frente de ocupación, punto 2) Kioscos y puestos esporádicos
de venta transitoria de hasta diez (10) días en eventos y/o fiestas populares, Inc. b) -Artículos 24) -
Capítulo IX – Derecho de Ocupación o uso de espacios públicos, Ordenanza Nº 1839-10, a los
expositores locales que participen de la expo-manualidades de navidad, conforme lo solicitado en Expte.
C.D. Nº 5331/10 de fecha 06/12/10.-
ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que los expositores deberán cumplir con todas las exigencias
establecidas por la Dirección General de Bromatología para la elaboración, manipulación
y venta de productos alimenticios.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y por su
intermedio a los expositores locales interesados y a las Secretarías Municipales que
estime corresponder, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS NUEVE
DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
1531/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante