Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2529/145-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2529/2015
VISTO: La Ordenanza Nº 2444/14 de fecha 12 de noviembre de 2014 y los Exptes C.D.
Nº 8131/15 de fecha 06/10/2015 y Nº 8185/15 de fecha 28/10/2015 y la Nota Nº
487/15 de fecha 29/10/2015 de la Intendencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Nº 2444/2014, se establece el cuadro tarifario para el Servicio
de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes.-
Que, por Expte. C.D. Nº 8131/15 el Ejecutivo Municipal remite Nota Nº 349/15 de la
Secretaría de Turismo, por la cual se adjunta informe de proyección comparativa balance mes
de agosto de 2015 de la Empresa permisionaria de una suba del aporte municipal y aumento de
pasajes.-
Que, en Expte. C.D. Nº 8185/15 iniciado por el Sr. Lucas Castelli de Trasporte
Castelli S.R.L., remite Nota Nº 136/15 enviada al Intendente Municipal, donde informa que de
no mediar resolución a sus petitorio se suspenderá el servicio del transporte de pasajeros que la
Empresa realiza en nuestra localidad.-
Que, mediante Nota Nº 487/15 de fecha 29/10/2015, el Sr. Intendente Municipal
expresa que ante la situación expuesta en Nota Nº 136/15 del Sr. Lucas Castelli, y las
consecuencias que podría acarrear para los usuarios del servicio, considera importante darle
tratamiento a lo peticionado por el propietario de la Empresa, solicitando una Sesión
Extraordinaria al efecto.-
Que, Ordenanza Nº 1860/2010 en su Art. 1º declara de Interés Municipal el Servicio
de Transporte Urbano de Pasajeros, en su Art. 2º aprueba el Marco regulatorio del Servicio
Público de Transporte Urbano de Pasajeros, el cual corre agregado a la misma como Anexo I.-
Que, la Ordenanza Nº 2205/2013 ratifica el Contrato de Concesión del Servicio
Público de Transporte Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes, celebrado el 19 de
diciembre de 2012, entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa de Transporte
Castelli S.R.L.-
Que, el último aumento otorgado a la Empresa de Transporte del Castelli fue el 12
de Noviembre del año 2014, por Ordenanza Nº 2444/2014.-
Que, este Cuerpo Deliberativo atendiendo las fundamentaciones expuestas por dicha
Empresa y a los efectos de disminuir el déficit que viene arrastrando por la prestación del
servicio, se considera oportuno readecuar los valores de la tarifas, con la sanción de la norma
pertinente.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2529/145-
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Concejo Deliberante
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Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en la Sesión Extraordinaria
del día treinta de Octubre de 2015, resuelve por mayoría (6 votos a favor y 1 uno en contra),
aprobar el presente Proyecto de Ordenanza.
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE: un nuevo cuadro tarifario para el Servicio de Transporte
Urbano de Pasajeros de Junín de los Andes, el que se aplicara a partir de la
promulgación de la presente, que a continuación s detalla:
Línea 1:
- TARIFA PLANA pago con TARJETA MAGNETICA: $ 5,85.-
Escolares nivel inicial, primario y secundario – jubilados 50% de bonificación.
Menores de tres años y Certificado de JUCAID 100% de bonificación.
- TARIFA PLANA pago en EFECTIVO: $ 7,80.-
- Escolares nivel inicial, primario y secundario – jubilados 50% de bonificación
Menores de tres años y Certificado de JUCAID 100% de bonificación
ARTÍCULO 2º: DERÓGASE: en todos sus términos la Ordenanza 2444/2014 de fecha
12/11/2014.-
ARTÍCULO 3º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada dese amplia difusión, notifíquese a la Empresa Castelli S.R.L. y
a las Secretarías Municipales que estime corresponder.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE OCTUBRE
DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1818/15.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA