2525 - 15 Ratificación Convenio Transferencia Lote Parque Industrial - Sr. Pablo Díaz.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2525/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2525/2015



VISTO: Los Exptes. D.E.M. Nº 2251/14 Letra “B” de fecha 04/08/2014, iniciado por el Sr.


Augusto Guembe, titular del D.N.I. Nº 25.762.874, al cual se incorpora el Expte.


DEM Nº 2252/14 Letra “B” de fecha 05/08/2014; y el Convenio de pago Parque Industrial


celebrado en el mes de septiembre entre la Municipalidad de Junín de los Andes, en adelante


“La Municipalidad” y el Sr. Pablo Sebastián Díaz, D.N.I. Nº 28.034.224, en adelante “El


Adquirente”, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio “La Municipalidad” autoriza la transferencia del


Lote 3e, de la Manzana 136; Nomenclatura Catastral 13-20-056-4464, con una superficie de


373,32 m². al “El Adquirente” y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por


Ordenanza N° 479/95, y sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006, Nº 1594/2008 y Nº


1718/2009,




Que, la tasa de transferencia se establece en la el precio de venta se establece en la


suma total y única de Pesos Treinta y Tres Mil Quinientos Noventa y Ocho con Ochenta


($ 33.598,80) según lo establecido en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1934/2011 que “El


adquirente” se compromete a abonar en efectivo y en u solo pago y munido del


correspondiente certificado de pago se procede a la firma del presente. Se deja constancia que


las obras tendientes a dotar a la parcela descripta en la Cláusula 2º de los servicios de gas,


cloacas, agua y electricidad demandarán un periodo no inferior a ciento ochenta (180) días a


partir de la firma del citado convenio.-




Que, el “Adquirente” deberá dar estricto cumplimiento a todas las normas del arte de


construcción previstas en el Código Urbano y de Edificación (Ordenanza Nº 237/91) y las


disposiciones de seguridad regidas por las Normas IRAM y toda otra de plena vigencia.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria a través del Despacho Nº 093/15


de la Comisión de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, dictamina por unanimidad,


en Sesión Ordinaria de fecha 21/10/2015, homologar el citado convenio, con el dictado de la


norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:






























GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2525/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE: el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes


de septiembre de 2015, entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Intendente Municipal, Don JUAN DOMINGO LINARES, y el Señor


Secretario de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, Don ALEJANDRO


REGUEIRO, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los


Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. DIAZ PABLO


SEBASTIÁN, titular del D.N.I. Nº 28.034.224, con domicilio legal en calle San Martín Nº


419 de Junín de los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la transferencia


del Lote 3e, de la Manzana 136; Nomenclatura Catastral 13-20-056-4464, con una superficie


de 373,32 m², el cual consta de Díez (10) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos. Promulgada, envíese por su intermedio copia al interesado y a las


Secretarías Municipales que correspondan.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE OCTUBRE


DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1816/15.-
















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA