Ordenanza N° 943 Incorporarse al Patrimonio privado Municipal Lote 3E Manzana 10..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 943/2001



VISTO: El Expte. Nº 1408/99 iniciado por el Sr. Juan Carlos Baigorria referente a venta del


Remanente entre el Lote 2 y 3 de la Manzana 10, y;




CONSIDERANDO:



Que, mediante informe del Subsecretario de Obras y Servicios Públicos Don Diego


Marcovesky, se expresa que le Lote 3-E de la Manzana 10, Nomenclatura Catastral 13-20-052-


8364 figura el Registro de la Propiedad a nombre de la Municipalidad de Junín de los Andes,


según procedimiento Ley Nacional Nº 14.159, por consiguiente, considera oportuno realizar la


transferencia del Bien, debiendo el Cuerpo Deliberativo fijar el monto del mismo.-


Que, mediante Nota Nº 281/00 de fecha 20-03-00 el Sr. Intendente Municipal adjunta


Expte. de referencia y solicita tratamiento y ulterior resolución al Concejo Deliberante.-


Que por Nota Nº 266/00 Concejo Deliberante Junín de los Andes, se solicita al


Departamento Ejecutivo Municipal que a través de Asesoría Legal se requiera informe de dominio


al registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Neuquén sobre el inmueble mencionado


precedentemente, como así también si está dentro del patrimonio municipal.-


Que, por Nota S/Nº de fecha 04-09-01 el Departamento Ejecutivo Municipal solicita al


registro de la Propiedad inmueble de la Provincia del Neuquén se inscriba a la Municipalidad de


Junín de los Andes en virtud de lo dispuesto por la Ley 14159 Decreto Reglamentario 17389 y


Resolución Municipal Nº 185/01 del 05-02-01; la fracción de terreno ubicado en la ciudad de


Junín de los Andes, Departamento Huiliches, Provincia del Neuquén, que a su vez es excedente


del remanente del Lote 3 de la Manzana 10 y que de acuerdo a plano de mensura particular de


unificación y redistribución parcelaria, confeccionado por el Agrimensor Thumann Edelmiro,


Matricula de Agrimensor Nº 26, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro bajo el Nº 2318-


4840/92 en fecha 03-07-92 identifica a la Parcela como Lote 3-E de la Manzana 10, Nomenclatura


Catastral Nº 13.20.052-8364, con una superficie total de 26,98 m² cuya medidas y linderos son los


siguientes: al norte mide 37, 82 mts.y linda con el remanente del solar 2 de la Manzana 10; al Sur


mide 37.82 m, lindando con el Lote 3 de la Manzana 10, al Oeste mide 0,70 mts. y linda con la


calle Boulevard Juan Manuel de Rosas (Ruta Nacional 234) al oeste mide 0,73 m y linda con el


Lote 6a de la Manzana 10.-




Que, con fecha 19-10-01 ante el Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia del


Neuquén se registra a favor de la Municipalidad de Junín de los Andes el excedente Ley 14159 -


Matricula 5774 Huiliches.-




Que, mediante Nota S/Nº del 05-11-01 del Asesor Legal Municipal Dr. Laureano


Guerendiaín remite Expte. al Concejo Deliberante para la aprobación de la venta, previa


incorporación del bien al patrimonio municipal.-















OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES














Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2




Que, la Carta Orgánica Municipal, bajo el Título “BIENES PATRIMONIALES”, en su


Artículo 214, establece: “Formarán parte del patrimonio municipal los bienes inmuebles, muebles,


registrables o no, semovientes, créditos, títulos, derechos, fondos y valores en existencia,


adquiridos o los que se adquirieren en el futuro, con fondos propios o mediante legados,


donaciones u otro tipo de asignaciones debidamente aceptadas. El patrimonio neto está constituido


por los bienes mencionados, menos las obligaciones hacia terceros”.-


Que, dicha normativa con el titulo “BIENES DEL DOMINIO PUBLICO”, en su


Artículo 215 expresa: “Son bienes del dominio público municipal los destinados al uso y utilidad


públicos, con sujeción a las reglamentaciones que se dictaren”.-


Que, atento al Despacho Nº 329/01 Comisión de Obras y Servicios Públicos de este


Cuerpo Deliberativo y conforme consta en Nota S/Nº de fecha 11/12/2001, el propietario del


predio lindante al citado Remanente, Sr. Alejandro Olmedo, ratifica lo manifestado en reunión con


este Cuerpo Deliberativo en fecha 29/11/2001 en cuanto que no tiene interés en comprar dicho


Remante como así tampoco inconveniente alguno para que el Sr. Baigorria compre el excedente


del terreno en cuestión por entender que las medidas no son significativas, ni su construcción se


vería afectada.-


Que, en virtud de lo expuesto este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día


19/12/2001, resuelve por unanimidad autorizar la venta de Remanente entre el Lote 2 y 3 de la


Manzana 10 al Sr. Juan Carlos Baigorria; fijando el valor del metros cuadrado (m²) en la suma de


pesos diez ($10,00).-


Que, es importante destacar que el ofrecimiento no se hace en forma pública dado que se


trata de un pequeño Remanente que se ubica entre la propiedad de dos vecinos.-


Que, el monto resultante de la venta se deberá imputar a la Partida 1.1.2. OTROS


INGRESOS - Sub-Partida 7 Ingresos Varios Especiales del Presupuesto General vigente.-


Que, al efecto se debe dictar la norma legal correspondiente.-


POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA DE PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: INCORPÓRASE AL PATRIMONIO PRIVADO MUNICIPAL
el Lote 3E


de la Manzana 10, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-052-8364, de una superficie


total de VEINTISEIS METROS CON NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS


(26,98m²), cuyas medidas y lindantes son las siguientes: al Norte mide 37, 82 mts. y linda con el


Remanente del Solar 2 de la Manzana 10; al Sur mide 37.82 mts., lindando con el Lote 3 de la


Manzana 10, al Oeste mide 0,70 mts. y linda con la calle Boulevard Juan Manuel de Rosas (Ruta


Nacional 234) al Este mide 0,73m y linda con el lote 6a de la Manzana 10.-















OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES















Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


3



ARTÍCULO 2º: DESAFÉCTASE DEL PATRIMONIO PRIVADO MUNICIPAL Lote 3E


de la Manzana 10, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-052-8364, de una superficie


total de VEINTISEIS METROS CON NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS


(26,98m²), cuyas medidas y lindantes son las siguientes: Al Norte mide 37,82 mts. y linda con el


Remanente del Solar 2 de la Manzana 10; al Su mide 37,82 mts., lindando con el Lote 3 de la


Manzana 10; al Oeste mide 0,70 mts. y linda con la calle Boulevard Juan Manuel de Rosas (Ruta


Nacional 234) al Este mide 0,73 mts y linda con el Lote 6 a de la Manzana 10; y AUTORÍZASE


al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la venta del lote a favor del Señor Baigorria Juan


Carlos D.N.I. 13.462.830; FIJÁNDOSE en PESOS DIEZ ($ 10,00) el valor del metro cuadrado


(m²); cuyo valor total de la superficie citada precedentemente se fija en PESOS DOSCIENTOS


SESENTA Y NUEVE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 269,80), valor que deberá abonarse al


contado efectivo.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉZCASE que el monto resultante de la venta se deberá imputar a la


Partida 1.1.2. OTROS INGRESOS - Sub-Partida 7 Ingresos Varios Especiales


del Presupuesto General vigente.-




ARTÍCULO 4º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio con


el Sr. Juan Carlos Baigorria por la venta del lote citado, conforme los términos


establecidos en la presente Ordenanza. La Municipalidad autorizará la escrituración del inmueble


a favor del adquirente una vez finalizadas y cumplimentadas todas y cada una de las Cláusulas que


se fijen el convenio respectivo y cancelado en su totalidad el precio convenido de la tierra, cuyos


gastos serán a exclusiva cuenta del adquirente.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTICULO 6º: Promulgada por el Ejecutivo Municipal, envíese copia al Señor Juan Carlos


Baigorria, a sus efectos.-




ARTÍCULO 7º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme las


Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.




ARTÍCULO 8º: DESE a publicidad por los medios orales y escritos de la localidad.-




ARTÍCULO 9º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl


Ande.-




ARTÍCULO 10º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS


DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1057/01.-















OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES