Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 961/02. C.D.J.A.
VISTO: La nota s/n del 28/01/02 del Director de la Obra Vía Christi. Arquitecto Alejandro
Santana y nota s/n de fecha 31/01/02 de los trabajadores del Vía Christi en las que se
solicita se contemple el cobro de un bono contribución o canon para el acceso a la obra
mencionada y;
CONSIDERANDO:
Que, surge la necesidad de generar ingresos ante la situación económica por la que
atraviesa el proyecto y la imposibilidad de costear el mantenimiento del Parque del Cerro de la
Cruz, pago a serenos, vestimenta para guías de información turística, cuidadores y demás
necesidades en general referentes al cuidado del Vía Christi.-
Que, se propone el cobro de un bono contribución de $ 1 (pesos uno), exceptuando a
residentes, jubilados y menores de 12 años, mediante la implementación de un talonario
numerado, cuya recaudación será depositada en una cuenta específica destinada a cubrir las
necesidades detalladas precedentemente.-
Que, asimismo se sugiere en la nota referenciada precedentemente el cobro de un
canon a empresas de turismo de otras localidades que incluyen a la obra en el recorrido de sus
excursiones.-
Que, es importante el incremento paulatino del número de visitantes que a diario
acceden al mencionado atractivo.-
Que, es opinión de este Cuerpo Deliberativo que debe cobrarse un bono contribución
por pasajero en función de la transparencia y legalidad del acto.-
Que, a través del D.E.M deberá instrumentarse el cobro, horarios, persona que lo
realizará, etc. debiéndose rendir lo percibido en las oficinas de recaudación municipal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. A), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION EXTRA-ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICE-PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: ESTABLÉZCASE desde la promulgación de la presente el cobro en el
acceso a la Obra Vía Christi de un bono contribución de $1 (pesos uno) por
persona a visitantes no residentes en la localidad el que será implementado mediante un
talonario numerado que deberá ser rendido indefectiblemente el día hábil posterior al cobro en
las oficinas de recaudación municipal-
ARTÍCULO 2º: CRÉASE la Partida de Ingresos para el año 2002 denominada Obra Vía
Christi.-
ARTÍCULO 3º: INSTRUMENTESE mediante Resolución del D.E.M el funcionamiento,
administración y control del cobro del canon.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE lo resuelto al Departamento Ejecutivo Municipal, para
su conocimiento y efectos y una vez promulgada envíese copia de la
presente a la Dirección Municipal de Turismo y por su intermedio a los distintos operadores
turísticos de la Ciudad de Junín y San Martín de los Andes, a la Dirección Municipal de
Cultura, y al Director de la Obra Vía Christi, Arq. Alejandro Santana.-
ARTICULO 5º: DESE amplia difusión por los medios orales y escritos de la localidad.
Cumplido. Archívese.-
ARTÍCULO 6º: PÚBLIQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
conforme Cláusulas Complementarias y Transitorias N° 2 Inc. “c” de la
Carta Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl
Ande.-
ARTICULO 8º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS
OCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DOS, SEGUN CONSTA
EN ACTA Nº 1060/02.-
OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICE-PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES