2997 - 20 Afectación de Manzana 65 urbanización Toma Costanera Construcción de Viviendas Vecinos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2997/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2997/2020


VISTO: El Expte. Nº 5.010/19, del registro del Ejecutivo Municipal, de fecha 11/11/2019, y;




CONSIDERANDO:




Que, como es de público conocimiento ante los hechos acontecidos en fecha 26 de


octubre de 2019 en el asentamiento Costanera ubicado en la Manzana 65 de nuestra localidad;


doce familias tuvieron pérdidas totales al incendiarse las casillas donde vivían junto a su grupo


familiar.-




Que, desde el Ejecutivo Municipal, se ha solicitado la intervención y gestión ante el


Gobierno Provincial que permita contar con los recursos para asistir con los materiales


necesarios y suficientes a dichas familias para reconstruir sus viviendas procurando mejorar de


manera exponencial inclusive la situación precedente al incendio ocurrido, Cabe hacer


mención que la mano de obra para la ejecución, será aportada por los propios beneficiarios.-




Que, se ha planificado y propuesto la subdivisión del espacio físico disponible en


propio sector del asentamiento, a partir de la mensura Particular para Subdivisión de la


Manzana 65 de la Municipalidad de Junín de los Andes, Nomenclatura Catastral 13-20-53-


8464 Plano 2318-2417/86 – Dup.281 Bis – D.G. Tierras y Col. Expte. Expropiación Ley


Provincial Nº 1728/87 tal como lo expresa el Plano adjunto; como así también hemos


proyectado una Tipología de Vivienda de carácter residencial social, en dos plantas, con una


superficie de 32,23 m² por planta y un total de 64,46 m² considerando además las superficies


semi cubiertas, aleros y hall de acceso.-




Que, en vista de las gestiones realizadas por el Ejecutivo Municipal ante el Gobierno


Provincial, requiriendo un aporte para reconstruir sus viviendas, solicita al Cuerpo


Deliberativo se derogue la Ordenanza Nº 434/94 y se afecte las tierras para la urbanización de


la Manzana 65 con el fin de construir las viviendas.-




Que, por Ordenanza Nº 434/94, se afectan los inmuebles individualizados como


Lotes 26 – 27 – 28 – 29 – 30 – 31 – 32 y 33 de la Manzana 65, Nomenclatura Catastral 13-20-


053-8273/8173/7772/7171/7769/8070/8270, con una superficie total de englobamiento de


10.379,14 m², y se destinan para Emprendimientos Turísticos o de Servicios Turísticos, con


excepción de partes del Lote 33, la cual podrá ser adjudicada a su actual ocupante.-




Que, en consecuencia con lo esgrimido, se debe desafectar del dominio público


municipal la fracción ocupada; que está destinada para Emprendimientos Turísticos o de


Servicios Turísticos.-




Que, es necesario entonces contar con la norma que regule dicha acción, ya que con


posterioridad han de realizarse toda y cada una de las acciones que contribuya a la


normalización de dicha área como parte de la trama de urbana de nuestra ciudad.-













LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2997/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en conformidad a lo establecido en el Artículo 68 de la Carta Orgánica


Municipal, el presente Proyecto de Ordenanza se aprobó por unanimidad en primera lectura en


Sesión Extraordinaria de fecha 21/12/2019 y se realizó la Audiencia Pública el día 21/01/2020,


en la Sala de Sesiones General José de San Martín; y en Sesión Extraordinaria de fecha


21/01/2020, se aprobó por mayoría (2/3 de los presentes) en segunda lectura.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1°: DERÓGASE: la Ordenanza Nº 434/94 de fecha 01 de diciembre de 1994.-




ARTÍCULO 2°: DESAFÉCTASE: del Patrimonio Municipal parte de la Manzana 65,


conforme propuesta de subdivisión del espacio físico disponible en propio


sector del asentamiento, Costanera, a partir de la Mensura Particular para Subdivisión de la


Manzana 65 de la Municipalidad de Junín de los Andes, Nomenclatura Catastral 13-20-53-


8464 Plano 2318-2417/86 – Dup.281 Bis – D.G. Tierras y Col. Expte. Expropiación Ley


Provincial Nº 1728/87 tal como lo expresa el Plano adjunto; obrante a fs. 06 y 06 del Expte.


E.M. Nº 5.010/19.-




ARTÍCULO 6: Conforme lo normado en el Artículo 68 de la Carta Orgánica Municipal, el


presente Proyecto de Ordenanza se aprobó por unanimidad en primera


lectura en Sesión Extraordinaria de fecha 21/12/2019 y se realizó la Audiencia Pública el día


21/01/2020, en la Sala de Sesiones General José de San Martín; y en Sesión Extraordinaria de


fecha 21/01/2020, se aprobó por mayoría (2/3 de los presentes) en segunda lectura.-




ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.-




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE


SAN MARTÍN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE


ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2052/20.-













LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA