2414 - 14 Ratificación Convenio Colaboración Mutua Emergencia Provincial Invasión Didymosphenia geminata.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2414/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2414/2014



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 7270/14 de fecha 28/05/2014 que contiene Nota Nº 271/14 del


Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite Convenio de


Colaboración suscripto entre la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en


adelante El Ejecutivo, y la Municipalidad de Junín de los Andes, en adelante el Municipio, en


el marco de la Emergencia Provincial Invasión de la Didymosphenia geminata, Decreto Nº


137/12, considerada una plaga hidrológica a nivel mundial, y;




CONSIDERANDO




Que, la Cláusula Primera del citado Convenio establece que: “Las partes entienden


que de producirse la propagación de esta especie impactaría directamente en las economías


regionales y nacionales afectando el turismo y todos los productos asociados a los recursos


hídricos en forma directa e indirecta, así como también podrían verse afectadas las captaciones


de agua para distintos usos ya que la misma exhiben un comportamiento invasivo a escala


global”.-




Que, la Cláusula Segunda expresa que: “Las partes entienden que deben estrechar


vínculos y aunar esfuerzos, trabajando coordinadamente y adoptando las medidas para evitar


la proliferación y/o propagación de esta especie sobre los ecosistemas acuáticos”.-




Que, la Cláusula Tercera establece que: “El Municipio se compromete a llevar a cabo


las tareas de desinfección y control en los puestos de bioseguridad ubicado en la localidad de


Junín de los Andes y a seguir las pautas establecidas para la desinfección indicada en el


manual de procedimiento”.-




Que, la Cláusula Cuarta establece que: “En el marco de lo establecido en el Decreto


137/12, el Ejecutivo se compromete a aportar al Municipio, a través de fondos de la Secretaría


de Estado de Ambiente y Desarrollo sostenible, provenientes de la Ley 2183, un aporte no


reintegrable de $ 87.500 destinados a complementar el financiamiento de los gastos derivados


de la implementación y puesta en marcha de las tareas de desinfección y control en los puestos


determinados por las partes a tal efecto, para los meses de Enero a Abril del presente año,


pagaderos en forma bimestral, dentro de los 15 día de recepcionada la rendición mensual”.-




Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo 57, Inc., “t” y conforme Despacho Nº 066/14 de la Comisión Interna de Turismo,


dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 10/09/2014, homologar dicho Convenio,


con el dictado de la norma legal respectiva.-















MIRTA MARGARITA RAMÍREZ VÍCTOR CEFERINO CHAÑAPI


A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2414/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Colaboración Mutua en el marco de la


Emergencia Provincial Invasión de la Didymosphenia geminata, Decreto Nº


137/12, celebrado en el mes de Abril de 2014, entre el Poder Ejecutivo Provincial del


Neuquén, representado por el Sr. Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable,


Téc. Qco. Ricardo Dardo Esquivel, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Intendente Municipal, Sr. Juan Domingo Linares, el cual consta de Ocho (8) Cláusulas e


integra la presente como Anexo I.-



ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal – Ejercicio – año 2014, la


Partida Presupuestaria en Ingresos y Egresos correspondientes a los fondos establecido en la


Cláusula de Cuarta del Convenio mencionado en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la


Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-




ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.746/14.-















MIRTA MARGARITA RAMÍREZ VÍCTOR CEFERINO CHAÑAPI


A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA