2899 - 19 Cesión de lote al C.P.E. para construcción de Escuela Primaria y Jardin de Infantes en Loteo Social Nehuen Che.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2899/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2899/2019



VISTO:
El Expediente Nº 8210-002415/2019 de la Dirección General de Entradas del


Consejo Provincial de Educación, y;




CONSIDERANDO:


Que, el Consejo Provincial de Educación (C.P.E.) se presenta ante la Municipalidad


de Junín de los Andes con el presente pedido de lote destinado a la construcción de una


Escuela Primaria y Jardin de Infantes.-




Que, el C.P.E. realizó el Plano de mensura registrado por la Dirección Provincial de


Catastro 8224-EXPM 03875/18.-




Que, a raíz de de dicho plano, surge el inmueble denominado Lote 3, Manzana 145.


Nomenclatura Catastral 13-20-040-3429, inscripta la mayor fracción en el Registro de la


propiedad Inmueble bajo matrícula 7200 – Huiliches, con título de dominio a nombre de la


Municipalidad de Junín de los Andes.-




Que, es conveniente autorizar al C.P.E., a realizar a través de la Escribanía General de


Gobierno la inscripción en el registro de la Propiedad Inmueble del lote surgido de la


mensura.-




Que, es necesario transferir dicho inmueble para que el Consejo Provincial de


Educación continúe con las tareas de escrituración a su nombre, y esté en condiciones oprimas


para comenzar su construcción.




Que, el Concejo Deliberante deberá dictar la noma legal correspondiente.-




Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 130 con el Título Necesidades


Educativas, prevé: “La Municipalidad, sin desconocer la competencia Provincial y garantizando la
consulta permanente a la comunidad tiene el derecho a emitir opinión sobre las necesidades


educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas infraestructuras, equipamiento,


planes y modalidades que cumplan con los preceptos institucionales y afiancen el arraigo”.-




Que, en este mismo sentido el Artículo 132 con el Título Acciones Educativas,


establece: “La Municipalidad concertará, y/o colaborará activamente con las autoridades
provinciales y nacionales realizando las acciones necesarias para: a) Promover la alfabetización y el


óptimo desarrollo intelectual y físico de todos los habitantes, b) Proveer de servicios educativos..., h)


gestionar donaciones Públicas y/o privadas para los establecimientos educativos”.-




Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 27/03/2019 de acuerdo al


Despacho Nº 008/19 de la Comisión Interna de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento


Urbano, resuelve por unanimidad aprobar el presente proyecto de Ordenanza.-











CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2899/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: TRANSFIÉRASE: título gratuito a favor del Consejo Provincial de


Educación del Neuquén, el inmueble que según plano de mensura registrado


por la Dirección Provincial de Catastro 8224-03875/18 se denomina Lote 3, de la Manzana


145, Nomenclatura Catastral 13-20-040-3429, inscripta la mayor fracción en el Registro de la


Propiedad Inmueble bajo matrícula 7200- Huiliches, con titulo de dominio a nombre de la


Municipalidad de Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: a la Escribanía General de Gobierno a realizar la


inscripción de dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre


del Consejo Provincial de Educación del lote mencionado en el artículo anterior.-




ARTÍCULO 3º: DISPÓNGASE: que el lote descripto en el Artículo 1º de la presente, será


destinado exclusivamente para el emplazamiento, construcción y


funcionamiento de una Escuela Primaria y Jardín de Infantes.-




ARTÍCULO 4º: ESTABLÉCESE: que, en caso de incumplimiento, por parte Consejo


Provincial de Educación, a lo establecido en al Artículo 3º de la presente, la


Municipalidad de Junín de los Andes revocará esta donación.




ARTÍCULO 5º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia al Consejo Provincial


de Educación, al Distrito Educativo Zona IV y a la Delegación Junín de los Andes de la


Dirección Provincial de Obras, a efectos de la prosecución del trámite respectivo.-




ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO


DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2003/19.-











CARLOS ALBERTO QUINTULÉN CARLOS RIVERA MALDONADO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA